La Mesa General modificará el Acuerdo sobre RPT de Distritos para eliminar el reparo de Intervención

Comunicado conjunto de CCOO y UGT

Ante las dificultades puestas por Intervención sobre el Anexo IV

El pasado viernes, 25 de mayo, se reunió la Mesa General para tratar la situación del Acuerdo sobre nueva RPT de Distritos, una vez que CCOO y UGT solicitaron por carta explicaciones sobre el retraso de seis meses desde su firma para la aprobación y aplicación del mismo.

En dicha reunión, los representantes del Área de Coordinación y de la Gerencia de la Ciudad explicaron que el retraso se debía a las dificultades que la Intervención había puesto al expediente, que se habían ido salvando con las explicaciones oportunas, encallando en el Anexo IV, que establecía recuperar los niveles de acceso y ascenso para las categorías de Diplomado en Trabajo Social, Arquitectos/Ingenieros Superiores y Técnicos, Farmacéuticos, Veterinarios, Inspectores Técnicos de Calidad y Consumo/Inspectores de Consumo, Delineantes y Auxiliares de Vías y Obras, puesto que Intervención considera ilegal o no ajustado a derecho tal sistema de carrera.

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Tras la petición de CCOO y UGT, el próximo viernes día 25, se reunirá la Mesa General para tratar la RPT de Distritos

Tal como acordamos en la resolución aprobada en la asamblea de la afiliación de Juntas Municipales del pasado 24 de abril, solicitamos conjuntamente con UGT una reunión de la Comisión de Seguimiento del acuerdo para que el Ayuntamiento explicase por qué, seis meses después de la firma, no se había dado un paso para aplicarlo.

A resultas de dicha solicitud, nos reunimos el 8 de mayo con la Directora General de Relaciones Laborales, la Coordinadora General de A.G Coordinación Territorial y la Directora General de Relaciones con los distritos quienes nos trasladan que el Acuerdo sobre la nueva RPT de distritos no ha sido aprobado por la Junta de Gobierno por las pegas que la Intervención ha puesto, en especial respecto al sistema de carrera profesional recogido en el anexo IV del mismo (el referido al establecimiento de un nivel de acceso y otro de ascenso a los tres años del ingreso), proponiéndonos como solución a las mismas tramitar el resto del acuerdo y buscar después una solución a ese anexo IV.

Tanto CCOO como UGT coincidimos en una dura crítica ante el silencio e inacción de estos seis meses (durante los cuales deberían habernos informado de esa pegas y buscado una solución) y rechazamos esa “solución” que supondría dar vía libre a medidas tan controvertidas como las subidas a los puestos más altos o la creación de estructuras que desde el principio rechazamos, dejando en el aire una de las principales medidas que “compensaban” aquellas propuestas y que más fundamento tenían en el contexto de la descentralización, pues no dejaban de ser sino la equiparación de los puestos de los distritos a los de las áreas, cerrando así una discriminación. Toda solución debe pasar porque a la vez, o en todo caso antes, que se desatasca el conjunto del acuerdo se desatascan los niveles establecidos en el anexo IV eliminando esa referencia a los niveles de acceso y ascenso que, por otra parte, intentamos eliminar del acuerdo desde que lo propusieron y hasta el último minuto.

Finalmente acordamos que se convocaría una Mesa General (puesto que habría que modificar el acuerdo en lo referente a la carrera y el anexo IV) en la que informar de las dificultades y pegas que pone Intervención y ver cómo solventarlas, junto con la corrección de errores materiales detectados. Dado el plazo de 18 de mayo que nos autoimpusimos para iniciar una consulta a la afiliación sobre medidas a adoptar si no había novedades, insistimos en la necesidad de que la reunión fuese lo más inmediata posible, recibiendo ese vienes 18 de mayo comunicación, que aún debe formalizarse, de que la reunión de la Mesa General se producirá el próximo viernes 25 de mayo, de la que informaremos puntualmente.

 

Propuesta de creación de la figura de Gestor/-a y Coordinador/-a en las OAC's

Informa conjunto de CCOO y UGT


Hoy, 10 de mayo de 2018, se ha celebrado la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, que incluía en el orden del día la Propuesta de creación de la Figura de Gestor/a y Coordinador/a Admo/a en las OAC's.

La aplicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas y del nuevo contrato de servicios para el apoyo a la gestión de la atención personalizada de los canales de atención a la ciudadanía, está afectando de manera directa las condiciones de trabajo de los funcionarios y funcionarias de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía /Línea Madrid.

Se adjunta acuerdo firmado

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Carta a la alcaldesa de los trabajadores y trabajadoras de los CSS de Vallecas

Ante las situaciones de violencia sufridas a diario durante la celebración de la jornada laboral -insultos, amenazas, agresiones- agravadas con los disparos realizados en la madrugada del 5 al 6 de abril, y ante la retirada por parte de la Corporación de la vigilancia permanente  de la policía municipal del centro, pese a que aún sigue la investigación, los trabajadores y trabajadoras de los Centros de Sevicios Sociales del distrito de Puente de Vallecas han dirigido una carta a la Alcaldesa en la que le exponen la situación y le solicitan que dé las instrucciones oportunas para que se cumplan los compromisos adquiridos con la plantilla en la mayor brevedad posible, de no ser así no descartan la convocatoria de una huelga.

Pincha aquí para ver la carta

 

Información sobre la reunión del 26 de abril

Informa conjunto CCOO y UGT

Celebrada reunión de Mesa General de Negociación de Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, con 2 puntos del orden del día en relación con las OAC´s de Línea Madrid.

1.- Aplicación del Acuerdo de Junta de Gobierno de 6 de abril de 2017 sobre Equipo Volante.

La creación de este equipo se hace con el fin de dar soporte a las Oficinas de Atención a la Ciudadanía en aquellas oficinas que presentan mayores deficiencias en materia de personal (bajas, ausencias, vacaciones, asistencia a cursos de formación etc.) y necesidades en función al número de atenciones.

El personal que desempeñe los puestos de trabajo que integren el equipo volante quedará sujeto a las mismas condiciones laborales establecidas para el personal que presta servicio en las OAC´s, incluido el régimen de organización de vacaciones, que será el que se fije en la oficina de asignación inicial.

Teniendo conocimiento de la decisión por parte de la Subdirección del Servicio en cuanto a la asignación de vacaciones por parte del equipo volante, siendo contraria a lo aprobado en el mencionado acuerdo, se pide aclaración sobre la misma y sobre la distribución actual del equipo volante que se tiene que hacer a lo largo del año por los responsables del Departamento de Coordinación de las OAC´s.

Desde la Subdirección se nos dice que como no se garantiza que estén en la oficina de referencia en verano se ha tomado la decisión de que las vacaciones queden organizadas dentro de la misma oficina, por un lado el equipo volante y otro el fijo.

Entendiendo que hay que dar cobertura a todas las necesidades, no tiene sentido la existencia de la oficina de referencia y que la distribución del personal y todo lo referido a vacaciones permisos y demás deba hacerse desde el Departamento de Coordinación de OAC´S. Por lo que se ha acordado la eliminación de tal oficina, modificando en esa parte el acuerdo.

Como estamos en fechas en las que hay solicitar vacaciones y en el mes de mayo tenemos que tener la aprobación de las mismas, y teniendo en cuenta que hay que firmar la modificación del acuerdo, este verano la asignación de vacaciones se hará desde la oficina de referencia y en las mismas condiciones que el personal que está asignado a esa oficina.

2.- Condiciones Laborales de los trabajadores y trabajadoras de las que prestan servicio en las OAC´S.

Desde la aplicación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en nuevo contrato de servicios para el apoyo a la gestión de la atención personalizada de los canales de atención a la ciudadanía, está afectando las condiciones de trabajo de los funcionarios y funcionarias de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid.

Como conocéis se presenta una propuesta para la negociación de las condiciones laborales. Dicha propuesta lleva incluida, jornada y horarios, horario de atención a la ciudadanía, revisión de específico, creación de la categoría de Gestor y aumento de plantilla en las oficinas de Línea Madrid.

No pudiendo abordar todos los puntos debido a falta de tiempo y ante la necesidad de llegar a un acuerdo respecto al horario debido a las fechas en la que nos encontramos y la necesidad (como hemos aclarado antes) de solicitar ya mismo periodo vacacional, se acuerda:

Devolución del día de libranza por compensación del exceso de horario en las Oficinas de Línea Madrid.

• Tres días de compensación por no disfrutar de la reducción de jornada en verano durante la segunda quincena del mes de junio y la primera de septiembre.
• Un día de libranza por compensación por la imposibilidad de reducir el horario durante la semana de San Isidro.

Y el compromiso de revisión del horario del personal de la OAC´S.

Se han comprometido a reunirnos en breve y así poder tratar el resto de los temas incluidos en la propuesta.

Desde CCOO y UGT os seguiremos informando

 

Acuerdo COMISE conductores de 21 de marzo de 2018

Con fecha de 21 de marzo de 2018 la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos por el que se aprueban y regulan las nuevas tipologías de puestos de trabajo de conductor y las medidas a adoptar en el conjunto de dichos puestos de la administración municipal de fecha de 3 de agosto de 2010, ha adoptado los siguientes acuerdos:
(Se incluye en las notas adyacentes la parte del Acuerdo de 3 de agosto de 2010 que se procede a interpretar, para su mejor comprensión).

1. Interpretación del apartado “Fases del Plan”, punto 2º, B punto 3, párrafo 6 sobre la disponibilidad de los/las Oficiales Mecánicos Conductores/as con Complemento Personal Transitorio: (Nota 1)

La percepción del complemento personal transitorio implicará la prolongación de la jornada del trabajador/a, y en el caso de que éste/a tenga flexibilidad por conciliación familiar, más allá del horario de presencia obligada. En ambos supuestos, la prolongación lo será hasta un máximo de tres horas de promedio semanal, debiéndose de tratar en todo caso de un servicio ya iniciado en el turno del/ de la trabajador/a y para atender necesidades puntuales del servicio, sin que en ningún caso fuesen realizadas sistemáticamente y sólo excepcionalmente en casos concretos.

2. Interpretación de las funciones del colectivo de Oficiales Mecánicos Conductores/as, Anexo I, apartado B, punto 1: (Nota 2)

Respecto a la referencia en el citado punto 1 relativa al “traslado de personas, enseres, paquetes o correo, entre otros..” no incluye en ningún caso las funciones relativas a tareas de la recogida o entrega de los mismos; por tanto, y únicamente, sólo incluye su transporte y no la carga y descarga de los efectos transportados.

 

Nota 1, Acuerdo de 03.08.10: “La percepción de este complemento personal transitorio viene a significar el respeto de la retribución originaria en el puesto “de tipo B” anteriormente ocupado y ahora suprimido. Dado que el importe asignado al puesto “de tipo B” comportaba no disfrutar de la reducción de jornada diaria durante el período de verano y de la reducción de jornada diaria en la semana fijada por el Ayuntamiento de Madrid con ocasión de la festividad de San Isidro, ni de su compensación convencionalmente cifrada en ocho días anuales de descanso adicional, se mantendrá esta misma condición que ahora queda compensada en el CPT. Asimismo y por la misma razón, la percepción de ese complemento personal transitorio supone para este personal la realización de una jornada de trabajo de 35 horas semanales, más 3 horas semanales adicionales que se califican como de disponibilidad y en las que, de ser requerido, deberá prestarse el servicio.”

 

Nota 2, Acuerdo de 03.08.10: “B. PUESTO DE CONDUCTOR DE INCIDENCIAS: 1. Se configuran como puestos de “Conductor de Incidencias” aquellos cuyo cometido es el ejercicio de sus funciones en relación a la cobertura de los servicios generales y ordinarios relacionados con las tareas de conducción y mantenimiento de todo tipo de vehículos, traslado de personas, enseres, paquetes o correo, entre otros, necesarios para el normal funcionamiento administrativo, así como los relacionados con la cobertura de servicios específicos en función de la concreta unidad de adscripción, tales como la conducción de maquinaria de obras públicas, vehículos de conservación del medio ambiente, de recogida de residuos, camiones, camiones grúa, camiones contenedores, o traslado de animales, entre otros.”

 
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