Ausencia del puesto de trabajo por el tiempo indispensable, por acompañamiento al pediatra o al médico, público o privado, a hijos menores de edadTras la reclamación realizada por CCOO el 15 de junio, a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, esta ha contestado a la discrepancia que veníamos manteniendo con la Secretaría del Distrito de Latina, remitiendo una Nota Interna al Distrito, en cuanto a la interpretación de concesión de permiso cuando se trata de acompañar al médico o pediatra a un hijo menor de edad.
Este permiso puede cogerse tanto si se trata de la sanidad pública o privada, y no se puede obligar al trabajador a solicitar la cita fuera de su jornada laboral, como bien dice la aclaración de la Directora General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, “los empleados públicos pueden ausentarse de su puesto de trabajo para asistir con sus hijos menores al pediatra o al médico sin obligación de recuperar el tiempo de ausencia”. Como hay más Distritos en el que las interpretaciones sobre los permisos para acompañamiento de hijo menor al médico son siempre restrictivas (como es el caso de Ciudad Lineal) de los derechos de la plantilla, esperamos que este informa sirva para aclarar este asunto (que es de aplicación a la totalidad del personal) zanjando así esas interpretaciones arbitrarias. Escribir un comentario
El tiempo del reconocimiento médico se trata como permiso retribuidoAnte la actitud del Secretario de la JMD de Latina, que ha intentado que el personal de los turnos distintos al de mañana no se le reconociera el tiempo invertido como tiempo trabajado para compensar, aduciendo que el reconocimiento es algo voluntario, CCOO ha efectuado una consulta a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales. La respuesta remitida por la Administración ha sido que como los reconocimientos médicos solo se pueden efectuar por las mañanas,los trabajadores y trabajadoras de este turno los ejecutan con cargo a su jornada laboral.Para evitar un trato discriminatorio a los trabajadores de otros turnos que vayan a realizar el reconocimiento médico, tendrán derecho a que se les descuente el tiempo empleado. Por tanto, toda la plantilla de turnos de tarde y noche podrá acudir al reconocimiento médico y se le compensará ese tiempo invertido. Lo que comunicamos a los efectos oportunos |
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