El Gobierno pone a la zorra al cuidado del gallinero

A punto de acabar 2013, nos gustaría poder contarte que el Ayuntamiento ha retomado la gestión de la Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes (bajas por enfermedad no laboral) y que revocó la autorización concedida a la Mutua ASEPEYO dada su mala gestión; nos gustaría, pero no podemos darte esa buena noticia, porque la mayoría absolutista del Partido Popular nos impide solicitar la reversión o el cambio de Mutua, al IMPONER una moratoria en su Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

Además aprobó un peligroso borrador del anteproyecto de Ley de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y presentó un proyecto de Real Decreto por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración, lo que permite que las mutuas den altas médicas por silencio administrativo y que sus médicos puedan acceder al Historial Clínico Electrónico (HCE) del paciente.

Por si fuera poco, la ministra de Empleo ha preparado otra normativa para aumentar el poder de gestión de las Mutuas con el fin de frenar el ABSENTISMO LABORAL (según Báñez hace que cada trabajador “pierda” al año 11,4 días de trabajo).

Esto nos hace abrir esta nueva vía, pidiéndote por favor, que le entregues esta carta, a tu médico de familia (atención primaria), donde le explicamos cómo puede colaborar para evitar ese fraude y al tiempo, contribuir a la defensa de una SANIDAD 100% PÚBLICA Y DE CALIDAD.

Verás que seguimos insistiendo para QUE LAS MUTUAS PAGUEN TODO LO QUE LES CORRESPONDE, pero además tenemos que defendernos porque determinadas instituciones del Estado y sus medios de disuasión, siguen lanzando continuos mensajes insinuando que pacientes y profesionales sanitarios “actuamos de manera fraudulenta“ y así ponen en duda la credibilidad del sistema.

 

Días por asuntos particulares, cuatro días cada año

El 21 de diciembre de 2013 se ha publicado en Boletín Oficial del Estado (BOE) la aprobación de la “Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público.”.
En ella, en su Disposición adicional cuarta dice:
Primero. El apartado k del artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, queda con la siguiente redacción: «Por asuntos particulares, cuatro días cada año».
Segundo. La limitación que el apartado Tres del artículo 8 del Real Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, establece respecto a los convenios, pactos y acuerdos para el personal funcionario y laboral de las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o dependientes de las mismas, debe entenderse referenciada a la nueva redacción dada al artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público de conformidad con el apartado primero de esta Disposición.
En la Disposición final séptima dice:
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por todo ello a partir del 22 de diciembre de 2013 tenemos derecho a un día más por asuntos particulares, pasando a  cuatro días cada año incluido el 2013.

Instrucción del Coordinador General de Recursos Humanos en relación al disfrute de ese cuarto día adicional, pudiéndose disfrutar hasta el 31 de marzo de 2014.

 

Criterios de interpretación sobre permisos

En la reunión de la COMISE celebrada el pasado 4 de diciembre de 2013 se acordaron los siguientes Criterios de interpretación del Acuerdo sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral para el periodo 2012-2015.
1. Permiso por matrimonio de familiar en los casos en que se celebra fuera de Madrid.
En el supuesto de permiso por matrimonio de familiar de primer grado por consanguinidad o afinidad y de hermanos, hermanos políticos, abuelos y nietos que se celebre fuera de Madrid bastará con que el permiso comprenda el día en que se produzca el hecho causante.

2. Permiso por hospitalización y enfermedad  grave.

En los supuestos de hospitalización y accidente o enfermedad graves del cónyuge o de familiar de 1er y 2º grado por consanguinidad o afinidad, el permiso podrá tomarse en cualquier momento una vez haya tenido lugar el hecho causante y mientras éste se mantenga, siempre que ello resulte compatible con la adecuada prestación y organización y necesidades del servicio debidamente motivadas.
Asimismo, este permiso podrá disfrutarse de manera que el primer día coincida con aquel en que se produzca el hecho causante y el resto en cualquier otro momento posterior siempre que se mantenga el hecho causante.

3. Reducción de la jornada para atender al cuidado de cónyuge o familiar de 1º grado por accidente o enfermedad muy grave.
La reducción de jornada para atender al cuidado del cónyuge o de familiares de primer grado por consanguinidad o afinidad, por razón de accidente o enfermedad muy graves podrá acumularse, a petición del empleado/a, en jornadas completas y por un plazo máximo de 15 días, siempre que resulte compatible con la adecuada prestación y organización y necesidades del servicio debidamente motivadas.

4. Permiso por traslado de domicilio o trámites previos de matrimonio, separación o divorcio.
Los dos días de permiso por causa de traslado de domicilio o trámites previos de matrimonio, separación o divorcio podrán disfrutarse de forma discontinua. En caso de disfrute discontinuo se habrá de acreditar el motivo concreto que justifica cada uno de los días del permiso, que ha de conectar directamente con el hecho causante del mismo (cambio de domicilio, trámites previos de separación o divorcio).

 

Un salón de cumpleaños de 300 millones de euros

La Caja Mágica de Perrault organiza eventos infantiles con merienda y globoflexia

La Caja Mágica, uno de los iconos de la época en la que el Ayuntamiento de Madrid podría haber tenido domicilio en El Cairo por lo faraónico de las construcciones que se proyectaban, ha quedado para poco más que organizar fiestas de cumpleaños. Desde hace unos días, el estadio de titularidad pública que costó 300 millones de euros se alquila para eventos infantiles a partir de 180 euros.

(Fuente: El mundo.es)

Diseñada por el arquitecto francés Dominique Perrault, esta instalación se inauguró en 2009 con vistas a que fuera la sede del tenis si la capital se hacía con la organización de los Juegos.Tres fracasos olímpicos después y numerosos intentos infructuosos por sacar rentabilidad a la inversión, prácticamente el único acontecimiento de envergadura que acoge ahora es el Mutua Madrid Open durante 10 días al año. Así que a falta de otro tipo de actividades, el gestor privado del recinto, el Club Deportivo Caja Mágica Madrid, ha decidido celebrar cumpleaños.

 

La gestión pública de servicios como limpieza cuesta menos que la privada

Así lo afirma un informe del Tribunal de Cuentas que analiza la prestación de servicios de ayuntamientos españoles de menos de 20.000 habitantes
Un informe del Tribunal de Cuentas que analiza la prestación de servicios de ayuntamientos españoles de menos de 20.000 habitantes -el 95% del total de ayuntamientos- concluye que la gestión pública de servicios como basuras o limpieza cuesta menos que la privada. Además, advierte de que ese encarecimiento no implica en absoluto mejor servicio.
El servicio de limpieza viaria de los pueblos y ciudades españolas tiene un coste medio de 18,01 euros por habitante, 16,23 euros si lo gestiona directamente el municipio y 27,83 euros -un 71% más- si el servicio lo presta una empresa a través de una concesión o concierto con la administración.
(Fuente: La Cadena Ser) (Para ampliar la noticia pulsar el titular)

Comentario CCOO:
Se ha extendido la leyenda urbana que la gestión privada es más barata y más eficiente. El informe del Tribunal de Cuentas demuestra justo lo contrario. Pero tenemos que añadir que socialmente también es menos rentable, ya que las empresas dedican parte de lo que les pagan los Ayuntamientos al pago de sus directivos y al reparto de beneficios entre sus propietarios, por lo que sus empleados suelen tener peores condiciones laborales que los empleados públicos. Se presentan ante la ciudadanía como buenos gestores, como el partido que defiende a los trabajadores, pero lo único que saben hacer es vender lo público, lo que es de todos, recortar salarios y hacer leyes para poder despedir de manera más eficiente(esta vez si) a los trabajadores. Es una auténtica contradicción que los gestores púbicos quieran privatizar. Para consultar informe del Tribunal de Cuentas: http://www.tcu.es/uploads/I1010.pdf

 

ELECCIONES SINDICALES 2023

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