Historia de un desaire

Desaire (desprecio) el de la Concejala Dancausa ante la entrega de un ramo de hermosos rojos claveles por parte de nuestras compañeras y compañeros de Madridec a la entrada del Palacio de los Deportes.

¿No le gustan las flores, le dan alergia y por eso no las coge? O simplemente le pesan esos 25 despidos que simbolizan esos 25 claveles.

La semana pasada el TSJM declaraba “no ajustado a derecho” el ERE ejecutado por Madrid Espacios y Congresos (Madridec). Pero a día de hoy el Ayuntamiento no ha decidido aún si recurrirá o no la sentencia, ¡están en periodo de reflexión¡ según palabras del Delegado de las Artes Pedro Corral.

Las trabajadores y trabajadores despedidos llevan reflexionando desde que perdieron injustamente su puesto de

trabajo, ¿cómo será su futuro, cómo podrán llegar a fin de mes sin su sueldo?

La sentencia  es clara y rotunda, se trata de un ERE no ajustado a derecho y lo que procede es convocar a los sindicatos para que se negocie la readmisión inmediata de nuestras compañeras y compañeros y termine de una vez por todas el sufrimiento al que han llevado a estas personas y que no son responsables de la nefasta gestión a la que han sometido este Gobierno municipal y el anterior a esta empresa pública.

¡Readmisión inmediata!

¡Reincorporación ya!

 

 

La empresa municipal Madrid Destino no quiere injerencias del Ayuntamiento

A raiz de las declaraciones del Delegado del Área de Las Artes, Pedro Corral, en la Comisión Permanente realizada el lunes 17 de febrero, el Comité de Empresa de Madrid Destino quiere puntualizar lo siguiente:

- El pasado 5 de febrero los responsables de la empresa se negaron a tener una reunión formal con nosotros para tratar temas de las modificaciones de las condiciones laborales  de los trabajadores y las trabajadoras. Nos sorprende que el Delegado diga que no queremos negociar cuando hace más de tres semanas que enviamos una carta solicitando una reunión con él y aún no hemos obtenido respuesta. Precisamente para informarle de estos problemas con la plantilla. Usan al Delegado para transmitir públicamente que no va a haber un ERE pero evitan comentar interesadamente, que tienen un presupuesto de más de 2,4 millones de euros previsto para indemnizaciones en despidos (aunque sean individuales y no lleguen al 10% establecido por la ley para ser considerado un despido colectivo).

Nuestras puertas están siempre abiertas, tanto para los directivos de Madrid Destino como para el Delegado de las Artes, para realizar todas las reuniones que se necesiten. 

 

Conflicto colectivo de la paga de diciembre de 2012

¡Hemos ganado, teníamos razón!

La Sala de lo Social nº 10 nos ha dado la razón… ¡porque la teníamos! Los trabajadores y trabajadoras laborales del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos no pretendíamos un enriquecimiento injusto (como sostuvo en el juicio la abogada del Ayuntamiento), teníamos un derecho y ¡la justicia nos ha dado la razón reconociéndolo! LA PARTE DEVENGADA DE LA PAGA DE DICIEMBRE, QUE NOS FUE HURTADA POR UN DECRETO DEL GOBIERNO, NOS LA TIENEN QUE ABONAR. Este es un primer paso. Más ágil en la jurisdicción laboral que en la de lo contencioso, donde también tenemos presentado recurso, pero no estamos conformes, vamos a seguir peleando por la totalidad de la paga de diciembre en los Tribunales. A la Delegada Concepción Dancausa la hemos requerido que desista de tirar el dinero del Ayuntamiento (que es dinero de toda la ciudadanía), que renuncie a recurrir y mantener el proceso abierto y haga la Sentencia extensiva al personal funcionario. Que pague lo que nos debe ¡ya! Os mantendremos informados de la respuesta de la Delegada.

Carta remitida a la Delegada

Sentencia de la Sala n.º 10 de lo Social

 

Accidente in itinere

Tras consulta realizada por esta Secretaría a la Mutua ASEPEYO, para que nos aclarara qué circunstancias descartaban como accidentes “in itinere” (desplazamientos para ir o volver del trabajo), recibimos la respuesta que aparece en el final de este artículo.

Con ella es evidente que ignoran la pluralidad de fondo contenida en las sentencias sobre accidentes “in itinere” y pretenden usarlas para su beneficio económico, reduciendo prestaciones y asistencia a la plantilla municipal en su ámbito de salud laboral, como si hubiera una única consideración general aplicable a todas las situaciones y, como no compartimos sus consideraciones, hemos pedido que nos faciliten jurisprudencia al respecto:

PRIMERO: Que Impongan la autorización expresa o tácita de la empresa sobre el medio de locomoción idóneo a emplear para realizar el trayecto entre el domicilio del desplazado o desplazada y su centro de trabajo, con independencia del sentido que tome (ida o vuelta).

SEGUNDO: Que Demuestren con exclusividad la limitación general en la asimilación del accidente de trabajo a los producidos en el trayecto al o desde el trabajo.

Si existe un nexo causal entre el accidente o la enfermedad “in itinere” y el trabajo, para CCOO, ÉSTE SÍ TENDRÁ LA CONSIDERACIÓN DE LABORAL y en caso de desacuerdo, serán los tribunales y no ASEPEYO quienes determinen la contingencia.

Mientras tanto en CCOO seguimos trabajando por tus derechos.

 

Respuesta de CCOO a Asepeyo, con copia al Coordinador de Recursos Humanos

Carta respuesta de Asepeyo a la petición de aclaración al respecto

 

 

La Justicia derrumba el ERE de MADRIDEC

Sentencia del TSJM

La Sección 5ª del Tribunal Superior de Justicia de Madrid declara “no ajustado a derecho” el ERE ejecutado en la Empresa Municipal Madrid Espacios y Congresos, S.A., que afectó a un total de 25 personas.

En su argumentación, las magistradas del TSJ desmontan la causa económica invocada por la empresa para llevar adelante el ERE, afirmando que “Las cuentas anuales aportadas por la empresa no nos parece que expresen la imagen real de Madridec.”

Para CCOO, de la lectura de la Sentencia cabe extraer varias lecturas:

  •  - La dirección de la Empresa Madridec empleó una técnica condenable en la negociación del ERE, por ejemplo al no aportar datos económicos muy relevantes como es el caso de la venta, por 42 millones de euros, del edificio APOT, que de haber sido reflejados habrían establecido una situación económica distinta a la invocada.
  •  - Las magistradas del TSJ censuran la gestión de los directivos de Madridec al afirmar que: existen “incumplimientos contables”, ya reflejados en las auditorías externas realizadas por KPMG; constatan que la Empresa sólo justifica haber procedido contra unas pocas empresas que mantienen muy importantes cantidades deudoras; alertan sobre el abultamiento de partidas económicas oscuras como la de “Gastos de Explotación”.
  • Dada la gravedad de estas afirmaciones incluidas en la Sentencia del TSJ, a juicio de CCOO, por sí solas deberían producir que la Alcaldía apartara inmediatamente de su puesto al actual Consejero Delegado de la empresa municipal Madrid Destino, Pablo del Amo, máximo responsable de tamaño desaguisado, y abriera una investigación con el fin de depurar el conjunto de responsabilidades.
  •  - En el terreno estrictamente laboral, aun no siendo firme la Sentencia (las partes pueden presentar Recurso de Casación), creemos que el texto es lo suficientemente claro y duro con la gestión de los directivos de Madridec y con la forma de conducir el ERE como para que la Alcaldesa de Madrid, Ana Botella, ordene no recurrirla y termine de una vez con la pesadilla a la que han conducido a 25 trabajadores y trabajadoras, que no son los auténticos responsables de la caótica situación en la que acabó por encontrarse Madridec a causa de la manipulación financiera a la que fue sometida por el Equipo de Gobierno de Alberto Ruiz-Gallardón. La declaración del ERE como “no ajustado a derecho” debe provocar que se nos convoque a los sindicatos representativos para hacer viable, de inmediato, la reincorporación de los trabajadores despedidos.

Actualizado (Jueves, 13 de Febrero de 2014 14:06)

 

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