Otros 800.000 euros adjudicados a dedo, ahora en la limpiezaEl Consistorio admite la ‘irregularidad’ de los 900.000 euros del contrato de seguridad y adjudica otro similar sin publicidad, concurrencia y con la oposición del supervisor. Leer noticia completa en el mundo Escribir un comentario
Actualizado (Miércoles, 30 de Julio de 2014 08:26) El Ayuntamiento de Madrid adjudica 900.000 euros a a dedo en SeguridadEl Ayuntamiento de Madrid ha adjudicado un contrato de 900.000 euros de seguridad privada a la empresa Eulen a dedo, en contra de un informe del organismo municipal supervisor, sin publicidad ni concurrencia, como obliga la ley. Es decir, simplemente se cerró un acuerdo por seis meses con la empresa que ya estaba dando el servicio. Sin más. Actualizado (Miércoles, 30 de Julio de 2014 08:13) BOLETIN ESPECIAL: CONSEJO CONSULTIVOBoletín Especial tras la reunión del Consejo Consultivo Índice: Dentro de la Ley: presentamos propuestas dentro de la Ley para la recuperación de nuestros derechos. Las Cuentas Claras: Revisión del Plan de Ajuste: todo por la deuda Lo que dijo Dancausa Propuestas de CCOO: desglose de nuestras propuestas en Empleo, Jornada y Derechos Económicos ¿Cómo nos afecta el Real Decreto de IT si estás de baja médica por enfermedad común (no accidente laboral)? Otra oportunidad perdida: Opinión del Presidente de la Junta de Personal de Servicios Generales y Secretario General Sección Sindical Áreas y Servicios Generales
Actualizado (Miércoles, 30 de Julio de 2014 19:58) Nervios en Ayuntamiento y Comunidad: el Constitucional les dice que no eran competentes para modificar la ley que hizo posible al proyecto Canalejas
Un asunto que parece llamado a no silenciarse. El Tribunal Constitucional ha declarado que la Comunidad no tenía competencias para haber realizado las modificaciones en la Ley de Patrimonio Histórico que facilitó la aprobación de la Operación Canalejas. Actualizado (Lunes, 28 de Julio de 2014 08:38) ¿Cómo nos afecta el Real Decreto de IT si estás de baja médica por enfermedad común (no accidente laboral)?El Consejo de Ministros nos impuso otro R.D. 625/2014, de 18 de julio, esta vez para cumplir su amenaza de regular determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración. ¿CÓMO NOS AFECTA SI ESTAMOS DE BAJA MÉDICA POR ENFERMEDAD COMÚN (NO ACCIDENTE LABORAL)? • Los facultativos del Servicio Público Salud (SPS) o del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) siguen siendo los ÚNICOS que pueden dar el alta médica a los trabajadores. • Se sustituye el sistema de expedición de los partes médicos de confirmación, que si antes se recogían cada 7 días, ahora su periodicidad queda ajustada a la previsión del seguimiento clínico: - proceso de baja de 1 a 5 días se dará el alta y la baja al mismo tiempo. • En los partes de baja debe constar obligatoriamente la duración probable de la incapacidad temporal y la fecha del nuevo reconocimiento médico, y diariamente las nuevas bajas y altas del SPS se comunicaran al INSS, y éste a las mutuas. Actualizado (Lunes, 28 de Julio de 2014 07:38) |
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