Esta semana finaliza el plazo de inscripción para los cursos en la Escuela de Formación

El plazo de inscripción a los cursos de la Escuela de Formación desde el 24 de enero hasta el 24 de febrero de 2017.

En el boletín de CCOO del 30 de enero ya se informaba de estas inscripciones. Se puede consultar en esta dirección: Boletín 30 de Enero

Recordaros lo más importante:

  • Podéis inscribiros hasta en 4 cursos de formación restringida (en horario de trabajo  necesitando la autorización del servicio) y 5 de Formación abierta o transversal (compensación del 35% de las horas realizadas). La inscripción se realiza desde AYRE.
  • Los cursos de Idiomas de la UNED se hacen mediante instancia en Registro. También tienen que realizarlo las personas que actualmente estén realizando el curso. Para poder seguir realizando esta actividad deberán inscribirse en las pruebas de nivel de Mayo y Septiembre.
  • El personal de Agentes de Movilidad, Bomberos, Policía y SAMUR también puede inscribirse en los cursos abiertos y en algunos muy concretos de formación restringida. Como por ejemplo:

RE-01-2588-V La Nueva Regulación del Procedimiento Administrativo y del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, formación restringida virtual en la que habrá plazas para unos 3.500 alumnos.

RE 07-2608-P Alfabetización Digital. Nociones Básicas de Manejo de Ordenadores

 
Cualquier probelma que tengais comunicarlo en esta dirección: Sugerencias y quejas de la formación del Ayuntamiento de Madrid

Actualizado (Lunes, 20 de Febrero de 2017 10:53)

 

Concentraciones 13F, en defensa de las 35 horas y por la Negociación Colectiva

CCOO se ha movilizado junto al resto de sindicatos con representación en el Ayuntamiento de Madrid en defensa del acuerdo que recuperaba las 35 horas de jornada laboral.

 

Los trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento reivindicaron sus derechos frente al Ministerio de Hacienda, en una concentración, iniciada a las 18,00 horas, a la que asistió el secretario general de CCOO de Madrid, Jaime Cedrún, que denunció la "interferencia" del Ministerio, "vetando" el acuerdo fruto de la negociación colectiva alcanzado entre los sindicatos del Ayuntamiento de Madrid y la Corporación municipal. Por eso, CCOO defiende el derecho a la negociación colectiva de los empleados

públicos y la jornada de 35 horas, así como la recuperación del empleo en el Ayuntamento de Madrid, y el clima de acuerdo y diálogo, "lejos del conflicto social".

 

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Al concluir la concentración se ha leído el siguiente Comunicado conjunto

Actualizado (Viernes, 17 de Febrero de 2017 13:27)

 

Resumen sobre grupo de trabajo de personal de oficios

Como sabéis se ha constituido un Grupo de Trabajo del Personal de Oficios, en este grupo, se nos ha informado de que se van a incluir en la unidad de Apoyo POSI de las Juntas Municipales de Distrito al personal de colegios. Esto supone que se dejaría de depender del Área de Gobierno para depender orgánicamente de las Juntas Municipales.


Lo que propone el Ayuntamiento es poder disponer del personal de las Juntas Municipales de Distrito para hacer suplencias en los colegios, se crearía un retén por cada una de las Juntas.
Para pertenecer al retén se pediría personal voluntario, que por el hecho de estar en el mismo cobrarían el 40% de la jornada partida, y en el caso de tener que hacer las suplencias ya cobraría el 100%. En caso de no salir personal voluntario proponen un proceso forzoso.


Consideramos que la falta de plantilla no debe servir como excusa para vincular al personal POSI de colegios a los distritos, puesto que las condiciones de trabajo son diferentes.
Por otro lado, hemos manifestado nuestra discrepancia con el hecho de que el Ayuntamiento plantee un proceso forzoso, así como con la propuesta paupérrima del complemento por pertenecer al retén...

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Actualizado (Viernes, 17 de Febrero de 2017 12:08)

 

Aclaración sobre ausencias sin deducción de retribuciones

Sobre los 4 días de ausencia sin deducción de retribuciones, por enfermedad o accidente y que no dan lugar a incapacidad temporal.
Nos ha llegado algún caso a CCOO donde nos informan que hay médicos del servicio público de salud madrileño que “ponen pegas” a la hora de emitir el documento justificativo porque dicen que el anterior documento p-10 que se utilizaba ya no existe, pero ha sido sustituido por otro documento que denominan “justificante médico de 24, 48 o 72 horas”
Queremos informaros de que, aunque han cambiado todo el sistema informático a partir de la orden ESS/1187/2015 de 15 de junio -que desarrolla el R.D. 625/2014 que establece nueva regulación de los procesos de incapacidad temporal durante los primeros 365 días- esta normativa no elimina expresamente la expedición de estos justificantes, pues se centra en la regulación de los procesos de incapacidad temporal “con baja”.
Por tanto, estos justificantes a los que hacemos referencia como no equivalen a incapacidad temporal con baja, no se ven afectados por esta regulación
Estas ausencias (3 días máximos consecutivos de ausencia sin baja médica) deben comunicarse inmediatamente al centro de trabajo por teléfono, salvo causas justificadas que lo impidan y una vez reincorporado, se entregara el original del justificante expedido por el facultativo del servicio público de salud.

Actualizado (Viernes, 17 de Febrero de 2017 10:19)

 

Presentación solicitudes ayudas estudios para personal municipal

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Desde el 16 de febrero y hasta el 31 de marzo de 2017, ambos inclusive, se pueden presentar las ayudas de estudios para formación de personal municipal.


Las solicitudes se deben presentar exclusivamente de forma digital a través de Ayre.Para evitar posteriores requerimientos es fundamental prestar atención tanto a las Bases Generales como a las Específicas.


Dos son las novedades de la presente convocatoria:
1.-En cuanto a la documentación acreditativa de la matriculación se ha suprimido la necesidad de incluir en el certificado el código del centro si bien se recuerda que para la validez de aquel es necesario que venga debidamente firmado y sellado.
2.-En cuanto al justificante de los gastos abonados, se deberá acreditar este extremo en las tres modalidades de estudios, y no solo en la modalidad A, como el pasado curso. Se entenderán como gastos abonados los de matrículas, tasas, libros de texto y/o material declarado necesario por el centro escolar en el que el alumno curse los estudios, debiéndose acreditar en todos los casos el abono de dichos gastos.

Actualizado (Jueves, 16 de Febrero de 2017 13:52)

 

ELECCIONES SINDICALES 2023

Cartel A3 Poder Cosas CCOO

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