CCOO comienza 2020 con la defensa de Línea Madrid

El pasado 17 de enero se celebró la Comisión Permanente Ordinaria de Vicealcaldía. En el punto 7 el Grupo Municipal Socialista formuló una pregunta referida al por qué las organizaciones sindicales no han recibido el informe de la Asesoría Jurídica sobre la viabilidad de la reversión del proceso de municipalización de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Linea Madrid.

CCOO ha estado presente en dicha comisión y hemos podido escuchar la respuesta del Coordinador General de Distritos, Transparencia y Participación Ciudadana, Jesús Mora de la Cruz manifestando que no ha encontrado ninguna norma que le inste a entregar dicho informe a las organizaciones sindicales.

Una vez finalizada la Comisión le hemos recordado al Coordinador que fue él el que se comprometió a hacernos llegar el informe de la Asesoría Jurídica en el que la Corporación iba a fundamentar la reversión de la municipalización.

Leer más

Actualizado (Miércoles, 22 de Enero de 2020 09:00)

 

CCOO saluda la aprobación de la subida salarial para empleadas y empleados públicos

La insistencia de CCOO, sindicato mayoritario en las Administraciones Públicas, ha dado su fruto, y más de 3.200.000 trabajadores y trabajadoras se beneficiarán del incremento salarial pactado

El Área Pública de CCOO, sindicato mayoritario en las Administraciones Públicas, se ha movilizado desde mucho antes de la constitución del nuevo Ejecutivo para que esta subida salarial del 2%, más 0,3% de fondos adicionales, fuera garantizada y ejecutada de forma inmediata. Concretamente, la semana pasada el sindicato remitió una carta a la nueva ministra de Política Territorial y Función Pública exponiendo la necesidad y urgencia de que se aceleraran los trámites para aprobar los incrementos salariales.

Leer más

Actualizado (Martes, 21 de Enero de 2020 12:54)

 

Subsanación de ayudas asistenciales octubre 2019

Publicada en el BOAM número 8.564, de fecha 21 de enero de 2020, resolución por la que se requiere al personal municipal, jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid la subsanación de documentación en las ayudas asistenciales solicitadas en octubre de 2019.

El plazo para dicha subsanación será de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución ene le BOAM.

Adjuntamos resolución 

Denegación y desistimiento de ayudas por discapacidad

En el mismo BOAM se publican las denegaciones y desistimientos de ayudas por discapacidad de ascendientes a cargo para el personal del Ayuntamiento de Madrid.

Ver resoluciones:

Denegaciones ayudas discapacidad ascendientes a cargo

Desistimiento ayudas discapacidad ascendientes a cargo

Actualizado (Martes, 21 de Enero de 2020 11:11)

 

Plan de Formación 2020: Documento de ayuda

El último día para apuntarse a los cursos de formación es el 10 de febrero de 2020.  La inscripción se puede realizar a través de este enlace: https://profe.madrid.es

Este año se pueden solicitar hasta 120 horas. Con el fin de que no se pase el plazo de respuesta a la convocatoria es conveniente actualizar datos e incluir un número de teléfono al que se pueda enviar un SMS y un segundo correo electrónico.

Adjuntamos un documento de ayuda para realizar la tramitación.

Para solucionar las posibles incidencias nos pondremos en contacto con la EFAM, para ello es necesario que nos las comuniquéis a través de este enlace.

Pincha aquí para descargar el Plan de Formación 2020

Actualizado (Viernes, 17 de Enero de 2020 08:46)

 

Las enfermedades profesionales: Cuenta pendiente de la prevención de riesgos

1.- ¿QUÉ ES UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL?
Es: “la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifiquen en el cuadro de enfermedades profesionales que se apruebe por las disposiciones de aplicación y desarrollo de esta Ley, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional...”

2.- ¿QUÉ ELEMENTOS DEBEN CONCURRIR PARA CONSIDERAR LA ENFERMEDAD COMO PROFESIONAL?

1.-Que la enfermedad tiene que estar incluida en el Anexo I del cuadro. (Solo se puede declarar y reconocer legalmente como enfermedades profesionales las que están incluidas en el anexo I.)
2.-Que el trabajador o trabajadora esté o haya estado expuesto a una de las sustancias o elementos contemplados en el cuadro.

3.-Que el trabajador o la trabajadora desempeñe o haya desempeñado su actividad en una de las ocupaciones que recoge el cuadro.

Pincha aquí para ver la información completa

Actualizado (Jueves, 16 de Enero de 2020 11:00)

 

RELACIONES PUESTOS TRABAJO

 

 

 

 

 

 

 

Agenda Sindical

Agenda Sindical Sección Sindical Intercentros

Pulsar para consultar Agenda Sindical Sección Sindical Intercentros

BUZÓN QUEJAS ASEPEYO

Calendario Laboral 2024

ELECCIONES SINDICALES 2023

Cartel A3 Poder Cosas CCOO

Pincha aquí para acceder a todo el material de CCOO

 www.elecciones.ccooaytomadrid.es

Siguenos

No visible desde la Red Municipal