Restricciones libranzas turno noche. Empiezan a calendarizar

Nuevo ataque a nuestros derechos de libranza con la última instrucción, que de momento ha comenzado afectando al turno de noche, pero terminará haciéndose extensivo la resto de turnos.

Una vez más sin previa negociación o consenso sindical, de forma unilateral a través de una instrucción de Jefatura, se limita la concesión de días de convenio de forma general al turno de noche. Derivando esta situación hacia una calendarización encubierta, por la vía de los hechos. Limitando las libranzas de forma exclusiva a Domingos-lunes- martes- miércoles y jueves.

Nos preguntamos la necesidad y justificación de estas restricciones de forma comparada con los servicios establecidos los años anteriores. Donde antes se atendía el servicio con la mitad de patrullas.

Esto, unido a las restricciones de libranzas en vacaciones, fiestas, Semana Santa y demás eventos, deja vació de contenido cualquier Acuerdo De Conciliación y el trabajo que en sus Comisiones se viene intentando realizar. 

¿Para qué tanta pérdida de tiempo y trabajo, si luego se torpedean los principios fundamentales de la Conciliación a través de instrucciones unilaterales?
Ante este nuevo ataque, nuestra obligación como sindicato será procurar los mecanismos legales necesarios para el cumplimiento estricto de la jornada y horarios pactadas en los acuerdos vigentes.

 

Recomendamos a todos los policías de todos los turnos, ya que esto terminará afectando a toda la plantilla la actuación conforme a lo regulado en el Reglamento:
1.- Solicitud de libranzas por escrito y duplicado con copia sellada.
2.- Si existe denegación, ésta debe ser motivada y comunicada por documento escrito con 48 horas, al menos, de antelación.
3.- La denegación ha de incluir propuesta alternativa de libranza, que podrá ser aceptada o no por el policía.

 

Una vez cumplimentada la jornada anual establecida en el Acuerdo de Policía, tendremos la posibilidad de comunicar al Departamento correspondiente de Personal la cumplimentacion total de la misma. Con lo cual a partir de dicha fecha solicitaremos que nos comunique la situación laboral en la que estamos:

                            Horas extraordinarias, para realizar de forma forzosa, 
o quizá dispensados de servicio?

 

LOS DERECHOS NO SE HACEN EFECTIVOS POR ESTAR ESCRITOS, SINO POR SU DEFENSA Y SU EJERCICO REAL.

 

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