Bases convocatoria de Ayudas Sociales 2020

El viernes, 25 de octubre de 2019, en Comisión Técnica de Acción Social se han aprobado las bases de acción social del 2020, cuya entrada en vigor será a partir del 1 de enero de 2020.

Destacamos las siguientes novedades:

BASES GENERALES

• Para el abono de importes en concepto de ayuda o prestación social por gastos deben ser: servicios prestados debiendo quedar reflejado el nombre de la persona destinataria del mismo, no solo hay que justificar el gasto sino el uso realizado.

• La novedad para el personal jubilado y pensionista sobre la petición de las ayudas (sin perjuicio de poder seguir presentando las ayudas en los modelos establecidos de manera presencial) es que pueden tramitarlas por vía telemática a través de la página web del jubilado https://jubilacion.madrid.es, presentando de forma electrónica toda la documentación escaneada de las solicitudes de ayudas, o conocer la concesión, denegación, plazo del recurso, desistimiento de la ayuda solicitada es decir cualquier resolución de actos administrativos desde el mismo día de la publicación (para darte de alta debes ir a las oficinas de atención a la ciudadanía de Línea Madrid, identificarte y pedir la clave, a continuación ya puedes meterte en –“mis ayudas”- en la web del jubilado)

Recuerda: Puedes pedir ayuda a la Unidad de Acción Social ubicada en la planta 2ª de la calle Bustamante 16, y a los compañeros de Línea Madrid. que te prestara atención presencial.

• También, se posibilita autorizar al órgano gestor la obtención de documentos en otras administraciones.

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BASES ESPECÍFICAS


 En las ayudas asistenciales se mantiene la cuantía máxima por unidad familiar de 615,14 €. Actualmente como consecuencia de que los presupuestos generales del estado están prorrogados siguen manteniéndose las medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público, que impide que los gastos de acción social experimenten ningún incremento respecto a los de 2019, por tanto, en la convocatoria de 2020 no se incluye el incremento de oficio en las ayudas asistenciales, ni el incremento de esa cuantía en 100 euros/año para el personal municipal con discapacidad, ni el premio por natalidad.

En el caso de que la Ley suprimiera la actual limitación de los gastos en materia de acción social se podrá incorporar estos incrementos de oficio.

Otra información de interés:

 Las ayudas asistenciales han tenido un aumento en 2019 siendo solicitadas 78.583 de las cuales se han denegado 4.200 ayudas.

 

 Desde CCOO hemos propuesto, a la vista de la problemática que tiene el personal laboral fijo-discontinuo de centros deportivos municipales, que se abra la posibilidad de una nueva línea de acción social para estos trabajadores y trabajadoras, para que puedan tener derecho a todas las ayudas y que no dependa de la fecha de contratación. Se acordó estudiarlo en el ámbito de la COMISE del Convenio vigente 2019-2022, ya que esto supone una nueva línea de acción social no regulada actualmente en el mismo.

 

Os agradecemos las consultas/preguntas que nos habéis hecho llegar los trabajadores y trabajadoras para ser tenidas en cuenta.

 

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