Aclaración sobre la instrucción del disfrute de vacaciones estival

En CCOO exigimos que se cumpla la instrucción de la Coordindora General de Presupuestos y Recursos Humanos en relación con el disfrute del periodo de vacaciones estival

Hemos solicitado por carta a la SGT de Cultura que aclare el correo remitido a la plantilla de Museos en el que se les informa de que el periodo de vacaciones será "como de obligada elección dentro del periodo julio a septiembre de 2020, los 22 días de vacaciones que incluye el convenio vigente".

Este correo no se ajusta a la instrucción firmada por la Coordinadora General de Presupuestos y Recursos Humanos en el que se indica que“Con carácter general, las vacaciones anuales que correspondan a cada persona en 2020, se disfrutarán, preferentemente, entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2020…”

Ver carta

Actualizado (Jueves, 28 de Mayo de 2020 11:13)

 

Solicitamos aclaración a la SGT de Cultura sobre los criterios usados para la reincorporación del personal

Próximamente se abrirán al público  museos y bibliotecas municipales, insisitimos en que se cumplan en todo momento el Decreto del Alcalde y la Guía de Desarrollo de la Actividad

Con fecha 27 de mayo de 2020 hemos remitido desde CCOO una carta a la SGT del Área de Cultura, Turismo y Deporte en la que le solicitamos que se nos aclare, en relación a las medidas preventivas, los criterios que se están siguiendo en torno a la la reincorporación presencial de los trabajadores y trabajadoras del Área, dado que hay discordancia, por un lado entre los que aplica Salud Laboral y  por otro entre el Decreto de 7 de mayo firmado por el Alcalde y la Guía de Desarrollo de la Actividad y Reincorporación al trabajo para reducir el riesgo de exposición y propagación del Covid-19 entre el personal del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

Adjuntamos carta

Actualizado (Jueves, 28 de Mayo de 2020 10:33)

 

Reanudación de los plazos de presentación de ayudas de Acción Social

Según se informa en la Intranet Ayre

En relación a los plazos de presentación de ayudas de acción social, cuya tramitación es inmediata procedería tanto reanudar los plazos que quedaron interrumpidos, como iniciar aquellos que no llegaron a empezar.

• Por un lado se reanudan los plazos por los días que restaban para finalizar tanto la ayuda de estudios para la formación del personal (plazo de presentación del14 de febrero al 16 de marzo de 2020) como la ayuda por gastos de adopción y acogimiento (plazo de presentación del 2 de marzo al 1 de abril de 2020):

- Desde el 1 de junio al 3 de junio, ambos inclusive: para la ayuda de estudios para la formación del personal a cuyo plazo le restaban tres días para finalizar. 

- Desde el 1 de junio al 18 de junio, ambos inclusive para la ayuda por gastos de adopción y acogimiento a cuyo plazo le faltaban dieciocho días para finalizar.

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Actualizado (Jueves, 28 de Mayo de 2020 09:06)

 

Reducción de jornada a partir del 1 de junio

Personal con hijos/as, descendientes o personas sujetas a su tutela o acogimiento de hasta 13 años de edad o con una discapacidad igual o superior al 33%.

Según el artículo 11.9 del Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos vigente, los empleados/as municipales tendrán derecho a reducir su jornada diaria en una hora a la salida desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre para el personal con hijos/as, descendientes o personas sujetas a su tutela o acogimiento de hasta 13 años de edad o con una discapacidad igual o superior al 33%. En el caso de menores de 13 años, se podrá disfrutar de la reducción en el año de cumplimiento de esa edad.

No obstante lo anterior, por la especialidad del servicio prestado y la dificultad de su organización, la reducción de la hora podrá aplicarse a la entrada o fraccionarse para su disfrute en la entrada y la salida. Esta modalidad de reducción horaria podrá ser disfrutada a elección del/de la trabajador/a cuando se disfrute de horario flexible.

Para disfrutar de este derecho, se puede enviar un correo electrónico a Recursos Humanos de los diversos ámbitos (Secretarías Generales Técnicas, Coordinación de Distritos, Organismos Autónomos) acreditando la circunstancia.

Si por razones organizativas y de prestación del servicio se denegara este derecho, siempre tiene que ser debidamente motivado.
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Actualizado (Miércoles, 27 de Mayo de 2020 13:40)

 

Reactivación de plazos de los procesos selectivos

Según Se informa en la sede electrónica: www.madrid.es
El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE núm. 145 de 23 de mayo de 2020), dispone en su artículo nueve que: “Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.”

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Actualizado (Martes, 26 de Mayo de 2020 10:56)

 

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