Desde el 1 de abril ya no se tendrá que entregar el parte de baja médica o incapacidad temporal en la empresa

El Gobierno, mediante el Real Decreto 1060/2022 que modifica el RD 625/2014, incorpora las siguientes novedades en la gestión y control de la incapacidad temporal:

Entrada en vigor a partir del 1 de abril de 2023.

• Cese de la obligación de la persona trabajadora de tener que aportar el parte de baja, confirmación o alta a la empresa.

Aunque recibirá una copia del personal médico, será el INSS el encargado de comunicar a la empresa, mediante medios telemáticos, los partes emitidos por el Servicio Público de Salud o la mutua.

Ver Informa completo

Pincha aquí para descargar el resumen de las novedades en la gestión y control de partes por incapacidad temporal

Actualizado (Viernes, 13 de Enero de 2023 09:12)

 

Escribir un comentario


Código de seguridad
Refescar

ELECCIONES SINDICALES 2023

Cartel A3 Poder Cosas CCOO

Pincha aquí para acceder a todo el material de CCOO

 www.elecciones.ccooaytomadrid.es

Siguenos

No visible desde la Red Municipal
Banner
Banner
Banner