Aprobada la Oferta de Empleo Público para la Estabilización de Empleo (OEP) Temporal en Junta de Gobierno

Tal como informábamos el pasado 5 de octubre esta OEP de estabilización se aprobó en Mesa General de Empleo y corresponde a las plazas afectadas por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de los años 2017 y 2018.

Este primer tramo afecta a un total de 2.636 plazas, 1.736 de personal funcionario y 900 de personal laboral temporal.

De las 1.736 plazas de personal funcionario, 277 son de la Escala de Administración General (técnico/a de administración general, técnico/a de gestión, administrativo/a y auxiliares administrativos) y las 1.459 restantes se encuadran en la Escala de Administración Especial (médicos/as, ingenieros/as, farmacéuticos/as, músicos/as, ayudante de archivos y bibliotecas, psicólogos/as, trabajadores/as sociales, enfermeros/as, técnico/a de empleo, técnico/a en actividades deportivas, oficial mecánico conductor, operario/a de servicios generales, personal de oficios, etc.).

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De las 900 plazas de personal laboral, 44 se corresponden con el Subgrupo A1; 37 con el Subgrupo A2, 115 con el Subgrupo C1; 282 del C2 (técnico/a de salvamento socorrismo y auxiliar administrativo/a taquillero/a) y las restantes 422 plazas se encuadran en la agrupación ‘Profesionales Auxiliares’, siendo puestos de operario/a.

Además, se reservan un total de 184 plazas (el 7 %) en categorías cuyas actividades o funciones son compatibles, en mayor medida, con la posible existencia de una discapacidad.

Tal como venimos diciendo la aprobación de esta OEP, en su primer tramo, NO perjudica la continuación del proceso de estabilización. El Proyecto de Ley para reducir la temporalidad en el empleo público (procedente del RD Ley 14/2021), aprobado ayer 2 de diciembre en el Congreso, autoriza una tasa adicional que incluirá las plazas de naturaleza estructural dotadas presupuestariamente que hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente en los 3 años anteriores al 31 de diciembre de 2020 (Segundo Tramo)

Los procesos selectivos derivados de las OEP tanto del Primer Tramo como del Segundo Tramo se regirán por lo dispuesto en el RD 14/2021 y la Ley que lo desarrolle.

Actualizado (Viernes, 03 de Diciembre de 2021 10:59)

 

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