Establecerá la política sindical organizativa y de acción sindical de la SSI, de acuerdo con lo establecido en los Estatutos y reglamentos, y lo aprobado por los órganos Federales y Confederales.
Elegirá la CE y la Secretaría General. Establecerá los criterios para la constitución de secciones sindicales en su seno y concretará las que componen la SSI.
Será convocada por el Consejo de la SSI cada cuatro años de manera ordinaria. De forma extraordinaria por autodisolución de la CE o por la iniciativa de 2/3 de la afiliación.
Conformará el Primer Nivel en los procesos congresuales de CCOO, en un proceso que partirá de la reunión de las asambleas de afiliados y afiliadas de las secciones sindicales para el debate y aprobación de los documentos presentados y para la elección de delegados y delegadas a la Conferencia de la SSI, donde se discutirán los documentos y las enmiendas propuestas en las distintas asambleas y se elegirá la representación de la SSI a las asambleas congresuales de los niveles superiores del Sindicato.