Reincorporación a los centros de trabajoPriorizando el teletrabajo, de forma escalonada y respetando la conciliación La reincorporación a la actividad presencial se está realizando ya en muchos servicios del Ayuntamiento, y no en todos por igual. Con fecha 7 de mayo pasado se publicó el “Decreto del Alcalde por el que se determinan los criterios generales de aplicación para la reincorporación escalonada del personal a la actividad habitual.” En su introducción, realiza un análisis de la diferente normativa que viene siendo de aplicación en este momento excepcional a causa del Covid-19, y señala lo siguiente: Destaca en ese sentido el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, que en su artículo 15 consolida como medidas organizativas a medio plazo: el carácter preferente del trabajo a distancia y el derecho de adaptación del horario y reducción de jornada. En este contexto, resulta imprescindible establecer unos criterios homogéneos que garanticen que la futura reincorporación del personal al desarrollo de la actividad presencial se lleve a cabo de forma escalonada. Todo lo anterior persigue garantizar la eficiente prestación de los servicios en nuestro ámbito, pero tiene como principal objeto garantizar la seguridad y salud del personal del Ayuntamiento de Madrid mediante la aplicación de las medidas preventivas que correspondan en cada caso. Y a continuación el Decreto dispone cuáles son esos criterios que garanticen el cumplimiento homogéneo de esta normativa por parte de todos los servicios. Sin embargo, la realidad a día de hoy es que la aplicación está siendo desigual, resultando que en algunos servicios se respetan a rajatabla estos criterios (como debe ser), y en otros sin embargo no, pues ya se está llamando a la plantilla a la reincorporación presencial, cuando, como dice el Decreto del Alcalde, y las normas de las que trae causa, lo prioritario es mantener el trabajo a distancia, y reducir la actividad presencial al tiempo realmente necesario. Para aquellos puestos en que la actividad presencial sea necesaria, la reincorporación ha de hacerse respetando los criterios de postergación de la incorporación: personal vulnerable, embarazadas y personal con necesidades de conciliación. Escribir un comentario
Decretos y acuerdos aprobados que afectan a los procesos selectivos y los tribunales sin negociación con los sindicatosCCOO va a exigir las explicaciones y aclaraciones oportunas en torno al contenido de estas medidas en el marco de una próxima reunión de la Mesa General de Negociación. El pasado 21 de mayo fueron aprobados mediante Decretos de la Delegada de Gobierno de Hacienda y Personal o Acuerdo de Junta de Gobierno, importantes modificaciones relacionadas con los procesos selectivos y los tribunales que los dirigen. Aunque teníamos conocimiento desde antes de la pandemia de que se iban a producir estos cambios, ninguna de estas decisiones o instrucciones ha sido negociada con los Sindicatos. El Decreto que aprueba la Instrucción relativa al funcionamiento de los Tribunales de Selección en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, viene a sustituir el anterior Decreto de 25 de noviembre de 2009. Sin duda era una Instrucción que necesitaba ser modificada y actualizada, entre otras cosas para incrementar la transparencia y la eficiencia en los procesos selectivos. También se aprobó la creación, composición y funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección, en este caso por Acuerdo de Junta de Gobierno. Esta Comisión será el órgano colegiado encargado del desarrollo, la calificación, impulso y evaluación de los procesos selectivos. Se trata de una modificación novedosa de la organización y dirección de los procesos selectivos, cuyo objetivo principal es que sean ágiles y homogéneos. Hay que recordar que CCOO incluía la propuesta de crear este tipo de Comisión en nuestro programa electoral de 2019, que por otro lado ya lleva años implantada en otras Administraciones. Actualizado (Miércoles, 03 de Junio de 2020 13:45) |
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