Subsanación de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial, convocatoria 2022

En el BOAM número 9.278, de 7 de diciembre de 2022, se ha publicado Resolución 1 de diciembre de 2022 del Director General de Función Pública por la que se requiere la subsanación de las solicitudes de ayuda de discapacidad física, intelectual o sensorial de la convocatoria 2022 al personal municipal, personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid.

Se otorga un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid o de la recepción de la notificación de la resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición.

La información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad de ascendientes a cargo concedidas,se puede consultar en Ayre, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Adjuntamos resolución

Actualizado (Miércoles, 07 de Diciembre de 2022 11:02)

 

Subsanación de ayudas por discapacidad de ascendientes a cargo, convocatoria 2022

En el BOAM número 9.278, de 7 de diciembre de 2022, se ha publicado Resolución de 1 de diciembre de 2022 del Director General de Función Pública por la que se requiere la subsanación de las solicitudes de ayuda por discapacidad de ascendientes a cargo de la convocatoria 2022 al personal del Ayuntamiento de Madrid.

Se otorga un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación, se les tendrá por desistidos de su petición.

La información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad de ascendientes a cargo concedidas,se puede consultar en Ayre, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Adjuntamos resolución

Actualizado (Miércoles, 07 de Diciembre de 2022 10:55)

 

Concedidas ayudas por discapacidad de ascendientes a cargo, convocatoria 2022

En el BOAM número 9.278, de 7 de diciembre de 2022, se ha publicado una Resolución de 1 de diciembre de 2022 del Director General de Función Pública de concesión de ayudas por discapacidad de ascendientes a cargo de la convocatoria 2022 al personal municipal del Ayuntamiento de Madrid.

La información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda por discapacidad de ascendientes a cargo concedidas,se puede consultar en Ayre, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Adjuntamos resolución

Actualizado (Miércoles, 07 de Diciembre de 2022 10:44)

 

Acuerdo horario especial Dirección General de Comunicación

En el BOAM número 9.277, de 5 de diciembre de 2022, se ha publicado un Acuerdo de 1 de diciembre de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 15 de noviembre de 2022 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos para la regulación de un horario especial para la Dirección General de Comunicación del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

Este Acuerdo afecta a:

- Personal encargado de la elaboración del boletín de prensa.

- Personal asignado a la sección de pantallas de tráfico.

- Personal cuya denominación del puesto de trabajo sea redactores/y técnicos de comunicación de los departamentos de Comunicación Digital y Distrital y de Información y Relaciones con los Medios.

Ver resolución y Acuerdo

Actualizado (Lunes, 05 de Diciembre de 2022 09:33)

 

Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre fecha de extinción de la prestación por Incapacidad Temporal

Dado su especial interés trasladamos información que ha elaborado la Secretaría de Salud Laboral y Sostenibilidad Medioambiental de la Confederación de CCOO sobre una Sentencia del Tribunal Supremo.

Esta sentencia crea jurisprudencia y cambia el criterio mantenido por las Mutuas y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) hasta la fecha, y se aplica en los casos en que tras agotar los 365 días de Incapacidad Temporal el INSS deniega la continuación de esa incapacidad. Existían problemas pues entre la resolución y la notificación transcurría un período de tiempo en el que la prestación estaba extinguida y el trabajador o trabajadora no se había incorporado a su puesto de trabajo por no haber sido notificado, y por tanto no podía percibir las retribuciones del mismo.

Según esta sentencia, a partir de la Resolución del INSS, no se extingue la prestación hasta el momento de la notificación a la persona interesada y por tanto debe abonarse ese subsidio hasta dicha fecha.

Se pueden consultar los datos de la Sentencia en este documento.

Actualizado (Jueves, 01 de Diciembre de 2022 12:48)

 

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