Desarrollo de la COMISE de 22 de marzo de 2024Desde CCOO os trasladamos el desarrollo de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el período 2019-2022, celebrada el día 22 de marzo, con los puntos tratados en la misma que pueden ser de vuestro interés: . Aplicación del permiso art. 70 (formación externa para el turno de tarde y noche) Propone la Corporación que el permiso de hasta 9 días al año o en su defecto 72 horas se subsuma en los que se prevean en los Acuerdos Sectoriales. Por parte de CCOO así como el resto de sindicatos no se acepta esta propuesta. . Aplicación del art. 70 (denegación por considerar el Servicio que el curso de formación externa no le va a proporcionar conocimientos al trabajador que puedan facilitar su promoción profesional. La Administración reitera la justificación de la denegación. Por parte de CCOO entendemos que la formación debe ser más abierta para permitir que las personas puedan promocionar a otros ámbitos profesionales. Escribir un comentario
Actualizado (Miércoles, 10 de Abril de 2024 07:28) Permisos por “Deber Inexcusable”En el año 2013, como consecuencia de una consulta realizada por una trabajadora del Ministerio de Defensa sobre cómo se debía interpretar el artículo 48.1 j) del Estatuto Básico del Empleado Público en referencia a la ausencia de un trabajador/a para atender el cuidado domiciliario de un menor, la Dirección General de Función Pública del entonces Ministerio de Hacienda y Administración Pública estableció el permiso por deber inexcusable que, como es lógico por derivarse de la legislación básica que nos afecta, está recogido en nuestro Acuerdo Convenio. En este sentido se considera deber inexcusable el que se deriva de la obligación que tiene el/la empleado/empleada público de atender un deber público o personal que le genere una responsabilidad de índole civil, penal, administrativa o cívica. Según el vigente código civil, los padres tienen la obligación legal de satisfacer las necesidades de sus hijos, lo que incluye alimentación, vivienda, vestido y atención médica. Actualizado (Lunes, 08 de Abril de 2024 11:29) |
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