Subsanación ayudas discapacidad, convocatoria 2020En el BOAM número 8.759,de 29 de octubre de 2020, se ha publicado una Resolución de 22 de octubre de 2020 del Director General de Función Pública por la que se requiere la subsanación de las solicitudes de ayuda de discapacidad física, intelectual o sensorial al personal municipal, jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid de la convocatoria de 2020. Se otorga un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid o de la recepción de la notificación de la presente resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición. Escribir un comentario
Actualizado (Jueves, 29 de Octubre de 2020 10:02) CCOO, IU y el PCE organizan una ofrenda floral en el cementerio civil de Madrid.Este jueves, 29 de octubre, en el 10º aniversario de la muerte de Marcelino Camacho
En el acto participarán, acompañando a la familia de Marcelino, Unai Sordo, secretario general de CCOO; Jaime Cedrún, secretario general de CCOO de Madrid; Alberto Garzón, coordinador de IU y ministro de Consumo y Enrique Santiago, secretario general del PCE. La ofrenda floral tendrá lugar a las 12,30 horas y después se atenderá a los medios de comunicación, manteniendo las distancias de seguridad. Se dispondrá de un rack de prensa. Actualizado (Jueves, 29 de Octubre de 2020 09:29) La sección sindical de CCOO-IAM manifiesta su rechazo al inicio de la desescalada en estos momentosEn estos días de octubre, en los que se ha vuelto a decretar un estado de alarma para todo el país, dada la situación que estamos viviendo, reconocida unánimemente como de segunda ola de la pandemia mundial provocada por el virus denominado Covid 19, con restricciones de movilidad e incluso cierre perimetral de numerosas zonas, con un decreto del alcalde de Madrid del 7 de mayo, todavía en vigor, donde se dice y transcribimos “el personal que preste servicios que no requieran presencia, podrá continuar desarrollando su actividad en la modalidad de trabajo a distancia” Art. 3 párrafo c, nos encontramos con que el organismo autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid decide comenzar la desescalada y que vaya incorporándose el personal de la plantilla que ha estado trabajando desde casa hasta este momento, con resultados totalmente satisfactorios como viene reconociendo la dirección del propio organismo e incluso nuestro alcalde. Esta decisión no sólo pone en peligro a la plantilla que, a partir de ahora, deberá desplazarse desde sus domicilios sino también a todas las personas que, tanto en IAM como en el resto de empresas, no pueden trabajar desde casa, al subir el índice de ocupación de nuestro edificio así como de aquellos donde tenemos puestos de trabajo y de los medios de transporte ya de por si con una saturación considerable. Actualizado (Miércoles, 28 de Octubre de 2020 12:23) Subsanación de ayudas de tratamiento psicológico o psiquiátricoSe ha publicado en el BOAM número 8.758, de 28 de octubre de 2020 una Resolución de 16 de octubre de 2020 del Director General de Función Pública de subsanación de ayudas de tratamiento psicológico o psiquiátrico al personal municipal, jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, año 2020. Se otorga un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición. Actualizado (Miércoles, 28 de Octubre de 2020 10:58) Subsanación de ayudas de transporte en metálico, solicitudes presentadas hasta septiembre de 2020Se ha publicado en el BOAM número 8.758, de 28 de octubre de 2020 una Resolución de 21 de octubre de 2020 del Directo General de Función Pública de subsanación de ayudas de transporte en metálico al personal municipal del Se otorga un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición. Actualizado (Miércoles, 28 de Octubre de 2020 10:49) |
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