Acción Social

Desistimiento y Fin de vigencia Ayuda de transporte en su modalidad de tarjeta

Se han publicado en el BOAM número 9.984, de 14 de octubre de 2025, dos resoluciones del Director General de Función Pública de fechas 10 de octubre, por las que se declara el desistimiento o se pone fin a la vigencia de ayudas de tarjeta de transporte de la convocatoria de 2025 del Ayuntamiento de Madrid.

La información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda de tarjeta de transporte, se puede consultar en Ayre, en la aplicación de acción social "Mis ayudas" con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la web https://jubilacion.madrid.es.

Adjuntamos resoluciones:

.-Desistimiento ayudas tarjeta de transporte

.-Fin de vigencia ayudas tarjeta de transporte

 

Subsanación Ayuda de educación infantil

Se ha publicado en el BOAM número 9.985, de 15 octubre de 2025, una Resolución del Director General de Función Pública de fecha 10 de octubre de 2025, por la que se requiere subsanación de solicitudes de ayudas de educación infantil de la convocatoria 2025 del Ayuntamiento de Madrid.

Se otorga un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación, se les tendrá por desistidos de su petición.

La información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda de educación infantil, se puede consultar en Ayre, en la aplicación de acción social "Mis ayudas" con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Adjuntamos Resolución:

.-Subsanación ayudas educación infantil

 

Subsanación ayudas a la promoción interna

Se ha publicado en el BOAM número 9.985, de 15 de octubre de 2025, una resolución del Director General de Función Pública de fecha 10 de octubre de 2025, por la que se conceden ayudas a la promoción interna de la convocatoria 2025 del Ayuntamiento de Madrid.

Se otorga un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación, se les tendrá por desistidos de su petición.

La información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayuda a la promoción interna, se puede consultar en Ayre, en la aplicación de acción social "Mis ayudas" con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Adjuntamos resolución:

.-Subsanación ayudas a la promoción interna

Actualizado (Miércoles, 15 de Octubre de 2025 13:52)

 

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