Recordatorio: Asistencia a reconocimiento médico

reconocimientomedicoEl artículo 22 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales señala la obligación de las empresas a garantizar a sus trabajadores la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Es un derecho del trabajador.

La forma de llevarse a cabo la vigilancia de la salud en la práctica es a través del “reconocimiento médico”.

 La empresa está obligada a contratar y ofrecer vigilancia de la salud, por tanto reconocimiento médico, a todos y cada uno de sus trabajadores.

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Actualizado (Lunes, 29 de Enero de 2018 09:13)

 

Modificación del Acuerdo Convenio 2012-2015 en materia de acción social

En la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, celebrada el pasado jueves 18 de enero, se acordó la aprobación del Acuerdo de 13 de diciembre de 2017 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, por el que se modifica el Texto Refundido del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos para el período 2012-2015, acuerdo que ha sido publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 22 de enero de 2018.
La modificación aprobada afecta, de manera exclusiva, al Capítulo VIII “Acción Social”

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Actualizado (Viernes, 26 de Enero de 2018 11:22)

 

Anulaciones de ayuda de transporte en metálico a beneficiarios que no han acreditado el domicilio real

En el BOAM número 8.080, de fecha 26 de enero de 2018 se ha publicado una Resolución por la que se anula el pago a los trabajadores beneficiarios de la ayuda de transporte en metálico de zonas E1 y E2 que no han acreditado el domicilio real y efectivo.
La relación de personas que no cumplen los requisitos se puede consultar en el tablón de anuncios de la Oficina de Registro de la calle Bustamante, 16 o en la Intranet Ayre.
Ver Resolución

Actualizado (Viernes, 26 de Enero de 2018 09:46)

 

La mejora de la movilidad laboral es asunto también de la representación de los trabajadores y trabajadoras, no solo del empresariado

Sobre la propuesta del Ayuntamiento de Madrid sobre incentivos fiscales a las empresas para fomentar el escalonamiento de horarios laborales, CCOO considera que el Ayuntamiento de Madrid de nuevo comete el error de suponer que solo las empresas privadas tienen la capacidad de mejorar la movilidad de Madrid “imponiendo” a sus trabajadores y trabajadoras las condiciones laborales y de movilidad.

Aparentemente para nada son conscientes de que las entidades públicas, organismos, ministerios, dependencias municipales, autonómicas, empresas públicas, cuarteles, Universidades, hospitales, etc., suman un número de trabajadores igual o superior al de las empresas privadas, que todos los días se desplazan a sus centros de trabajo y a sus domicilios.

Tampoco parecen conocer que las modificaciones sobre jornada, movilidad, teletrabajo, gráficos, disponibilidades e incluso opiniones y hábitos de los trabajadores y trabajadoras son claramente asuntos de la Representación Legal de los Trabajadores y Trabajadoras, que no son los gestores empresariales o empresarios, sino los sindicatos representativos.

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Actualizado (Viernes, 26 de Enero de 2018 08:59)

 

Subsanación de ayudas asistenciales

Solicitudes del 1 de octubre de 2017 al 2 de enero de 2018
En el BOAM número 8.079, de fecha 25 de enero de 2018, se hace pública la relación de personal municipal, personal jubilado y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid solicitantes de ayudas asistenciales, del 1 de octubre de 2017 al 2 de enero de 2018 que deben subsanar o aportar documentación.
La citada relación se puede consultar en el tablón de anuncios de la oficina de registro ubicada en la calle Bustamante, 16 y en la intranet Ayre.
El plazo de subsanación es de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el BOAM.
Adjuntamos Resolución

Actualizado (Jueves, 25 de Enero de 2018 13:38)

 

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