Cómo consultar en Ayre los listados del proceso de estabilización y consolidación

.- Listados y alegaciones

 Una vez publicados los listados provisionales del proceso de estabilización y consolidación del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid, hemos elaborado un pdf con indicaciones, tanto para consultar las plazas del personal afectado como la manera de  presentar alegaciones.

Descárgalo aquí

Actualizado (Jueves, 11 de Abril de 2019 13:18)

 

Publicados los listados provisionales del proceso de estabilización y consolidación

Resolución personal funcionario

Listado personal funcionario

Resolución personal laboral

Listados personal laboral:

Anexo 1

Anexo 2

El plazo de alegaciones será de 15 días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de ambas resoluciones en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid.

Las alegaciones podrán presentarse telemáticamente a través de www.madrid.es, en las oficionas de Atención al Ciudadano, en las Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid o en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/22015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Actualizado (Jueves, 11 de Abril de 2019 10:15)

 

Ayudas de Acción Social

Se han publicado en el BOAM número 8.376, de 10 de abril de 2019 diversas resoluciones relacionadas con las siguientes ayudas de acción social:

1.-Concesión de ayuda por gastos de adopción o acogimiento, convocatoria 2019

Convocatoria gastos adopción

2.-Concesión de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial, convocatoria 2019

Adjuntamos convocatoria

3.-Concesión, denegación y desistimiento de ayudas asistenciales solicitadas en diciembre de 2018

Resolución ayudas concedidas

Resolución ayudas denegadas

Resolución ayudas desistidas

Actualizado (Miércoles, 10 de Abril de 2019 10:02)

 

ELECCIONES SINDICALES 2019

#8MVotaCCOO

Imagen Cartel A3CCOO

Pincha aquí para Descargar el programa

Actualizado (Lunes, 08 de Abril de 2019 09:36)

 

La cuota de afiliación a CCOO es deducible en la declaración de la Renta

Los afiliados y afiliadas a CCOO pueden deducir el importe de la cuota de afiliación en la Declaración de la Renta, según recoge la ley del IRPF. Esta deducción puede suponer un ahorro en la cuota de entre el 20 y el 35%, según los casos.

AFILIATE

La cuota de afiliación a CCOO es un gasto que puedes deducir cuando realices tu declaración anual de la renta. Este importe no aparece en el borrador de Hacienda en cumplimiento de la Ley de protección de datos, por lo que deberás poner la cantidad que has pagado por la cuota sindical en el espacio reservado a Cuotas satisfechas a sindicatos (CASILLA 14).

No es necesario aportar documentación acreditativa, salvo que Hacienda lo solicitase con posterioridad; si se diese dicha circunstancia, el justificante de pago son los mismos recibos bancarios o de nómina que ya tienes. Para más información puedes dirigirte al sindicato.

Para consultar otras ventajas de estar afiliado, pincha aquí

Actualizado (Viernes, 05 de Abril de 2019 07:24)

 

ELECCIONES SINDICALES

Elecciones

JUNTA DE PERSONAL

SERVICIOS A LA COMUNIDAD

4Bomberos

1SAMUR

4Movilidad

JUNTA DE PERSONAL

POLICÍA MUNICIPAL

 

 ELECCIONES 2025

 

  Indispensables

 


 

Pincha aquí para acceder a todo el material de CCOO

ELECCIONES 2023

Cartel A3 Poder Cosas CCOO

 

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