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BOLETÍN DIGITAL Nº 230

Modificadas las medidas de prevención de COVID-19 en los centros de trabajo del Ayuntamiento de Madrid

Durante la emergencia sanitaria, el Ministerio de Sanidad, y después las Comunidades Autónomas han emitido diferentes disposiciones para evitar el contagio de COVID-19. El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (SPRL) del Ayuntamiento de Madrid ha realizado Evaluaciones de Riesgos específicas ante el contagio de COVID-19 para determinadas actividades o tareas laborales, documentos presentados en el Comité de Seguridad y Salud y publicados en Ayre, generales y por ejemplo del sector de Servicios Sociales, de Atención al Público, de manejo de documentación, de instalaciones deportivas, etc. Los delegados y delegadas de prevención de CCOO han hecho aportaciones a algunos de esos documentos. Hay que puntualizar que estas evaluaciones del Servicio de Prevención permanecen en vigor respecto a lo que no contradiga las instrucciones de las autoridades competentes, pero deben cumplirse siempre con las recomendaciones de las autoridades de salud pública correspondiente, es decir, prima la normativa del Ministerio de Sanidad actual sobre el documento municipal.

El pasado 1 de octubre, la Comunidad de Madrid publicó la Orden 1244/2021, que modifica medidas preventivas, y a continuación el SPRL ha publicado, disponible en Ayre, un documento de RECOMENDACIONES Y MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES EN LOS CENTROS DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y SUS ORGANISMOS AUTONOMOS. COVID-19. En el mismo se sigue recomendando la distancia de 1.5 metros con personas trabajadoras y usuarias, las medidas de higiene y desinfección, de aforo y ventilación, y el uso de mascarilla, aunque se puede prescindir de ella en el puesto de trabajo sentado si hay distancia. También se especifica que pueden ser usadas todas las dependencias municipales.

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Información sobre COMISE del Acuerdo Convenio celebrada el 13 octubre

  • .- Aprobación del calendario laboral para el año 2022: El artículo 11.6 del  Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el período 2019-2022 garantiza al personal municipal incluido en el ámbito de aplicación, además de los días de descanso semanal, el disfrute de los 14 festivos determinados en el calendario laboral, salvo aquellos colectivos que en su jornada especial lo tuvieran ya garantizado.

Dado que el día 1 de enero, 24 y 31 de diciembre,  coinciden en sábado, se compensará al personal municipal que no lo tenga ya compensado en el cómputo anual de su jornada, con 1 día por cada uno de ellos, por tanto, sumaremos a los 6 días por asuntos particulares estos 3 más, disfrutando de un total de 9 días por asuntos particulares a lo largo de 2022.

A estos días, hay que aumentar los días regulados en los artículos 11 y 15 y los días generados por antigüedad en la Administración al cumplir trienios.

Propuesta de Acuerdo sobre cambios temporales de turno de trabajo  por motivos de conciliación: En el artículo 12, del Acuerdo-Convenio, en el último párrafo de su número 7- contempla la posibilidad de una regulación adicional del cambio temporal de turno, como medida de conciliación de la vida familiar y laboral. Dice así: “Se valorará y estudiará en el seno de la Comisión de Seguimiento del presente Acuerdo-Convenio la posibilidad de incorporar como medida de conciliación de la vida familiar y laboral y con carácter temporal el cambio de turno de trabajo en atención a circunstancias especiales del/la empleado/a”. Este Acuerdo se retiró del orden del día para valorar la Corporación las alegaciones de la parte sindical, se volverá a traer a COMISE con las propuestas que sean aceptadas.

 .- A instancias de CCOO se solicita la Interpretación y aplicación del artículo 14 punto 2 del Acuerdo-Convenio sobre el Periodo de disfrute de las vacaciones anuales fuera del periodo estival. Queda claro que se podrá disfrutar de este derecho a lo largo de todo el año y hasta el 31 de enero del año siguiente.

Ya puede acceder gratuitamente a las instalaciones deportivas municipales el personal municipal

El artículo 45.6 del Acuerdo Convenio contempla: “Si en los informes médicos emitidos por el Departamento de Salud Laboral como consecuencia del cumplimiento de lo previsto en el artículo 22 de la Ley/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, se recomienda al/la empleado/a la realización de ejercicio físico, se facilitará desde la Corporación la entrada gratuita a las instalaciones deportivas municipales”.

Por fin, tras 3 años esperando que se cumpliera el Acuerdo Convenio, ya es una realidad.

Ha salido publicado en el BOCAM del 1 de octubre el Acuerdo del Pleno, de 28 de septiembre de 2021, por el que se aprueba la modificación del anexo del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 22 de diciembre de 2010, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en Centros Deportivos y Casas de Baños.

“5. Supuestos de no sujeción a los precios. Por la utilización de los centros deportivos municipales que se relacionan en el apartado 11 de este acuerdo, y solo respecto de las actividades que en el mismo se establecen, no estarán obligados al pago de estos precios públicos quienes se encuentren en los siguientes supuestos en el momento de la solicitud o de la iniciación de la prestación del servicio o realización de la actividad:

- Pertenecer a SAMUR-Protección Civil, Cuerpo de Bomberos, Cuerpo de Agentes de Movilidad o Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.

- Pertenecer al Cuerpo de Policía Nacional.

- Acreditar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 45.6 del Acuerdo Convenio sobre las condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos”.

Consulta el BOCAM

Para regular el acceso a las instalaciones deportivas se aprobó un Acuerdo de la COMISE del Acuerdo Convenio sobre el procedimiento a seguir para solicitar este derecho.

Consulta el Procedimiento

NO a la privatización de la atención presencial en Línea Madrid

El actual equipo de gobierno del PP y Ciudadanos, ha dejado claro desde que llegara a la corporación en mayo de 2019, su apuesta por la gestión mixta público privada del servicio en las oficinas de atención a la ciudadanía de Línea Madrid. Intentó paralizar el proceso de municipalización iniciado por el gobierno de Ahora Madrid e incluso revertirlo, sin éxito. Pero no ha cejado en su empeño. Actualmente se encuentra preparando un nuevo contrato, que supondrá la vuelta de la empresa privada, sin que se hayan expuesto datos o razones objetivas que lo justifiquen, más allá de la simple decisión política o ideológica.

A día de hoy, el servicio se presta en su totalidad por personal funcionario en las 26 oficinas. En las 14 municipalizadas en primer lugar, el servicio es prestado por funcionarios de carrera con la categoría de gestor que realiza todas las gestiones que se ofrecen. En las 12 oficinas restantes, municipalizadas bajo el gobierno PP/Ciudadanos, el proceso se llevó a cabo con personal interino que no realiza todas las gestiones, pensando ya en el posterior proceso de privatización.

Ver información completa

 Adjuntamos Informe de CCOO sobre el servicio de Línea Madrid

¿Ha participado la Banda Sinfónica Municipal en un evento privado?

En CCOO hemos tenido conocimiento que el pasado 7 de octubre, parte de la plantilla de la Banda Sinfónica Municipal actuó en el Desfile de presentación de la nueva colección del diseñador de moda Palomo Spain en el Paseo del Prado.

Por una parte nos surge la duda y hemos instado al Área a que nos lo aclaren, si tratándose de un evento de carácter privado, ¿por qué ha participado personal municipal? Todas las ocupaciones temporales de la vía pública, con motivo de actos públicos o privados, requieren autorización por parte del Distrito Municipal o del Área de Gobierno responsable, según los Decretos de Delegación de competencias del Ayuntamiento de Madrid, pero la autorización es para el uso de espacios, pero la participación de trabajadores y trabajadoras municipales en un acto privado es otra cosa. No hemos visto ni en la agenda del Alcalde ni en la de la Concejala Delegada del Área de Cultura agendado este acto como municipal. Tampoco se trata de personal esencial (Bomberos, Policía, SAMUR) que tengan que dar cobertura a servicios de carácter privado que se desarrollen en la vía pública.

Esperamos nos den las explicaciones pertinentes de si en definitiva se trataba de un acto municipal o privado, porque de ser privado, entendemos que no deberían haber actuado en el mismo.

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Subsanación de solicitudes de ayuda a la promoción interna, convocatoria 2021

Se ha publicado en el BOAM número 8.995, de 14 de octubre de 2021, una Resolución de 8 de octubre de 2021 del Director General de Función Pública por la que se requiere la subsanación de solicitudes de la ayuda a la promoción interna del personal, convocatoria 2021, al personal del Ayuntamiento de Madrid.

El plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición.

Ver resolución

 

 

Nueva forma de identificarse en AYRE

La forma de identificarte en la Intranet ha cambiado.
• Se añade la opción de registrarse con el usuario/contraseña de Office 365 (correo electrónico), para los usuarios que dispongan de esta herramienta. De esta forma, si ya estás identificado en Office 365, no necesitarás volver a registrarte con el usuario/ contraseña de ayre para acceder a la Intranet.

entrar en Ayre

• Se mantiene, de momento, la identificación con el usuario/contraseña de ayre, aunque desaparecerá próximamente.

Descaga el texto aquí

Compendio de Fuentes de Información

Frente al COVID-19

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