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REALIDAD DIGITAL Nº 123

EDITORIAL

En defensa de nuestra jornada

El Gabinete Interfederal de CCOO, en colaboración con el Gabinete de Albacete y CCOO del Ayuntamiento de Madrid, defienden ante el abogado del Estado la jornada de 35 horas de todas y todos los empleados municipales del Ayuntamiento de Madrid y Organismos Autónomos.

No es casualidad que los mejores defiendan el derecho fundamental de libertad sindical que integra la negociación colectiva y la fuerza vinculante de los pactos y acuerdos.

El 20 de julio presentamos nuestra impugnación de la demanda presentada por el Abogado del Estado que ha recurrido a su vez todos nuestros acuerdos con el Ayuntamiento donde se negociaba con los sindicatos la jornada de trabajo.

Y la presentamos solos. Si. Solos porque mientras que el resto de sindicatos se han adherido a la contestación que ha realizado la Asesoría Jurídica Municipal, CCOO, nuestro Gabinete Interfederal ha sido el defensor de nuestros derechos, de los que emanan de los Acuerdos firmados por los sindicatos en uso del derecho a la negociación colectiva.

Nuestros argumentos, entre otros, son:

1.- En la Ley 2/2012 de Presupuestos Generales del Estado se suspenden los acuerdos, pactos y convenios vigentes hasta ese momento que en materia de jornada y horarios existieran en el Sector Público. NUESTROS ACUERDOS DE JORNANDA SON TODOS POSTERIORES Y, POR LO TANTO, NO LES PUEDE AFECTAR LA SUSPENSION DE LA LEY 2/2012 PORQUE NO EXISTÍAN.

Una cosa es que la norma prive de efectos a los convenios, pactos o acuerdos vigentes al tiempo de promulgarse, y otra que excluya esa materia de negociación en un futuro. O dicho de otra manera, para siempre. Consideración que le hemos trasladado desde el principio en Mesa de Negociación al Director de Relaciones laborales en multitud de ocasiones: una cosa es ACATAR UN AUTO y OTRA NEGOCIAR LA JORNADA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS.

2.- No se puede pretender dotar a las Administraciones y, en nuestro caso, al Ayuntamiento de Madrid de un instrumento a perpetuidad, cuyo único objetivo sea la perpetuación de una medida regresiva de los derechos sociales y laborales como es la prohibición de la negociación colectiva y la consolidación de una medida que queda al margen de cualquier función presupuestaria, limitando la capacidad negociadora de las trabajadoras y trabajadores y de sus organizaciones sindicales.

A este respecto dicen nuestras leyes y el Tribunal Constitucional (TC) que toda norma que prohíba o restinga derechos individuales debe ser aplicada con carácter estricto y no generalizado, siendo rechazada toda interpretación o aplicación de una ley que implique una restricción a un derecho fundamental sin que esté justificada adecuadamente.

Según el TC, en materia de duración de la jornada laboral se debe aplicar la norma más favorable para los destinatarios, en este caso, los empleados y empleadas municipales, y en nuestro caso nos es más favorable la duración de la jornada regulada vía negociación en los Acuerdos al efecto que la imposición de 37,5h en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Además esta Disposición no está vigente, por si hubiera dudas, a la vista de los Convenios Internacionales de la OIT, de la Carta Social Europea ratificada por España, y de conformidad con la doctrina del TC que otorga a estos convenios un valor por encima de cualquier norma de nuestro ordenamiento jurídica, salvo las de rango constitucional.

3.- El legislador pudo en la reforma del EBEP (el TREBEP, Ley 5/2015 de 30 de octubre) incorporar si así hubiese querido, tal y como dice su exposición de motivos, esta disposición adicional de la Ley 2/2012 fijando la jornada en 37.5 horas, y no lo ha hecho. Por lo tanto, en nuestra opinión sólo cabe considerar que está derogada.

4.- En nuestro caso no estamos ante un conflicto de competencias, en cuanto a que nuestras leyes de presupuestos sean divergentes con la ley de presupuestos del Estado en lo referido a la jornada de los empleados municipales. En nuestro caso se trata de ACUERDOS COLECTIVOS, suscritos años después de la Ley de Presupuestos Generales del Estado que dio origen a una ampliación temporal de la jornada de los Empleados Públicos. Nuestros acuerdos son perfectamente legales y fruto de una negociación entre Ayuntamiento y organizaciones sindicales para establecer la jornada de los empleados y empleadas municipales, que son los competentes para ello según el art. 47 del EBEP (TREBEP 5/2015 de 30 de octubre).

Aunque este no es todo el argumentario, sí es una muestra del trabajo, esfuerzo y dedicación que nuestro Gabinete Interfederal y el Gabinete de Estudios Jurídicos de Albacete han puesto en la defensa de TODOS los empleados y empleadas del Ayuntamiento de Madrid en un asunto que es muy trascendente, tanto en la forma (hurto de la negociación colectiva y de la libertad sindical como garante de los derechos sociales y laborales de los empleados frente a las imposiciones del Gobierno, restricción de derechos fundamentales y violación de los acuerdos internacionales), como en el fondo, tanto desde el punto legal, político y sindical.

Reunión de la Mesa General

El pasado jueves se reunía la Mesa General de Negociación con cuatro temas a tratar: constitución del Grupo de Trabajo sobre Fondos económicos para la negociación, ampliación del ámbito de la funcionarización al personal de los centros deportivos municipales, empleo y situación de la negociación Acuerdo Convenio.

Constitución del Grupo de Trabajo sobre Fondos económicos y situación de la negociación del Acuerdo-Convenio

A pesar de ser un tema suficientemente discutido, en esta casa y en los tribunales, el Ayuntamiento llevó a la Mesa una propuesta dirigida a dividir y enfrentar a la representación sindical. El Acuerdo sobre la disponibilidad de fondos económicos para los próximos tres ejercicios fue firmado la última semana de junio por los sindicatos CCOO, UGT y CSIF, previendo se constituyera en la segunda quincena de julio (dejaremos al margen que la semana anterior CCOO envió por escrito una pregunta sobre la fecha para su constitución cuando aún no había sido convocado). Pues bien, la Corporación pretendía constituir el Grupo de Trabajo con los firmantes, claro, pero dando entrada también a los no firmantes.

Como pusimos de manifiesto en la reunión, ¿cuál es el valor que otorga la Corporación a la firma de un acuerdo, si acto seguido en su desarrollo participan los que no lo han rubricado? Más bien nulo. Pero el problema real no es ese. La explicación de esta actitud hay que encontrarla, como decíamos anteriormente, en la intención de enfrentar a la representación sindical. Nada más (y nada menos). Y si cabe alguna duda, el hecho de no traer ninguna propuesta sobre el trabajo a desarrollar en dicho Grupo, siquiera un mínimo calendario, da muestras de que tan sólo se pretendía convertir la constitución del Grupo en un acto exclusivamente protocolario, burocrático, y de paso enfrentarnos.

Finalmente, el Grupo se constituirá esta semana. Y esperamos negociar su calendario y contenidos. Para CCOO esta tarea es imprescindible. Son muchas las situaciones de desigualdad retributiva, los complementos de destino y específicos a revisar, los pluses, las jornadas de tarde y de fin de semana… En definitiva, tenemos una oportunidad para revisar situaciones retributivas y avanzar en un sistema retributivo más moderno y justo como para andar perdiendo el tiempo.

Sobre el estado de la negociación del Acuerdo lo vivido es bastante similar a lo hasta aquí expuesto. En esto caso no se pretendía dividir a la representación sindical. Tan sólo pretendieron aparentar una imagen de falso movimiento: la Corporación vino con las manos vacías. Se limitaron a recordarnos los capítulos que nos han ido remitiendo con el resultado de la negociación tras el cepillado a fondo de nuestras propuestas, y a recordarnos que aún faltan por enviarnos un par de capítulos más.

CCOO habló con claridad: si los textos enviados son la última palabra del Ayuntamiento, que sepan que no va a haber nuevo Convenio, preferimos quedarnos con el que tenemos, aún recortado, que santificar con nuestra firma los recortes, pues esa es la oferta que la Administración hace con respecto por ejemplo a jornada (el texto pretende que firmemos las 37,5 horas).

Nos despedimos emplazándonos a septiembre. Como les dijimos, esperamos que tras largos meses de negociación, no pretendan seguir haciendo que perdamos más el tiempo. No lo vamos a permitir.

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¿Qué hacer en caso de incapacidad temporal?

Nos llegan a la SSI de CCOO del Ayuntamiento de Madrid, muchas preguntas y dudas de personal que desde su SGT o su Servicio le demanda actuaciones que no les corresponden y que les genera ansiedad e incertidumbre al respecto.

ASEPEYO

Cuando esto ocurre las partes (trabajador-empresa-ASEPEYO) siguen ligadas por una serie de obligaciones durante el periodo de recuperación. 

Por este motivo, sería muy positivo que, con el fin de facilitar y evitar posibles errores, el Ayuntamiento pusiera a disposición de toda la plantilla municipal, incluidos los responsables del servicio, un procedimiento de actuación en el que se informe de las actuaciones a realizar durante los periodos de baja por IT, tanto por:

• accidente de trabajo con baja
• accidente de trabajo sin baja 
• contingencia común con baja

Hasta que esto ocurra, os adjuntamos el procedimiento emitido por ASEPEYO con los pasos a seguir cuando se produce una baja del trabajador o trabajadora tanto por contingencia común como por accidente de trabajo.

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Por qué le llaman "hibridación" cuando quieren decir privatización

CCOO-Madrid Salud, tras la reunión mantenida con la Corporación, informa:

El pasado 26 de julio y a petición de distintas organizaciones sindicales, CCOO fue convocada a una reunión con miembros de la Corporación para hablar, entre otros puntos, del tema de las últimas licitaciones de contratos de servicios publicadas por el OOAA Madrid Salud, su suspensión temporal por decisión plenaria y de las distintas posibilidades de contratación alternativas a los mismos.

Se habló de la necesidad, para que estos proyectos saliesen adelante como gestión directa de Madrid Salud, de crear categorías profesionales con los perfiles adecuados a los mismos, y de la posibilidad de aprobar bolsas de trabajo para poder contratar...

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En otoño, CCOO impulsará iniciativas para recuperar los derechos perdidos en el sector público

La FSC-CCOO Madrid ha constituido un grupo de trabajo formado por membresía de la ejecutiva y sectores, para establecer cuál va a ser nuestra estrategia sindical y acordar los ejes reivindicativos en torno a la calidad del empleo y las condiciones de trabajo en el sector público, con la finalidad de recuperar los derechos perdidos.

El desarrollo de la negociación de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid junto con los Presupuestos estatales para 2018, va a ser el primer objetivo en una campaña que persigue mejorar la calidad de los servicios públicos, siendo necesario para ello un empleo de calidad en las distintas Administraciones Públicas, organismos, entes públicos y empresas públicas.

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CEOE Y CEPYME impiden que los salarios recuperen poder adquisitivo

CEOE y CEPYME han negado el acuerdo. Rechazaron la cláusula de revisión y bloquearon la posibilidad de que la banda de incremento de los salarios fuese más allá de su anterior propuesta de 1,2-2%, ampliable al 2,5 “en función de las características de cada sector”. Así las cosas, CCOO y UGT consideran irresponsable la conducta empresarial en un momento en el que el PIB crece por encima del 3%, y la inflación prevista por el Gobierno se sitúa entre el 1,5 y el 1,9%.

Las organizaciones empresariales, especialmente la CEOE, empezaron las negociaciones para un pacto salarial con pocas ganas y las acabaron sin ninguna. Esta podía ser la síntesis del desencuentro. La patronal acudió tarde y mal al inicio de la negociación, desapareció durante un largo periodo y en la parte final de la misma demostró poco interés y ninguna voluntad de un acuerdo salarial. En lo que llaman “Reflexión final ante el AENC para 2017”, se permiten incluso afirmar que como los salarios tuvieron “un importante incremento entre 2000 y 2008…ahora la buena noticia es que vuelven los márgenes empresariales…y ya nunca más los salarios tendrán que ver con la inflación”.

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¡El próximo boletín digital saldrá ya en septiembre!

Os seguiremos informando en nuestra página web, a través del correo electrónico y estaremos en el local sindical en el paseo de los Olmos, 20 para atender vuestras consultas

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¡Felices vacaciones a quienes las inician y ánimo a quienes se incorporan!

Joaquín Navarro recibe la Medalla al Mérito en el Trabajo

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El  histórico sindicalista de CCOO, Joaquín Navarro, ha recibido, el pasado 27 de julio, la Medalla de Oro al Mérito en el Trabajo, en un acto oficial en la Moncloa.Sin duda un merecido premio que el veterano luchador ha querido compartir: “Este reconocimiento no lo entiendo como personal, sino a los trabajadores y trabajadoras que, con su lucha, hicieron posible la democracia y los derechos sociales en nuestro país. También a CCOO, mi sindicato”

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Derecho de vacaciones

Por Jaime Cedrún, secretario general de CCOO de Madrid.

El autor, ante la bravata de la Sra Cifuentes en relación a sus vacaciones, le recuerda que el periodo de descanso es un derecho peleado y conquistado gracias a los trabajadores organizados, es decir, gracias a los sindicatos de clase:

A lo largo de la historia, la clase trabajadora ha ido conquistando derechos que, para algunos, parecían caídos del cielo. Sin embargo, muchas personas dieron su vida para que, por ejemplo, exista la jornada de ocho horas o…, el derecho a vacaciones...

Artículo completo en www.madridiario.es

Boletín de CCOO MADRID sobre Medio Ambiente, Sostenibilidad y Movilidad

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