Nota aclaratoria IRPF 2025

En el caso concreto del Ayuntamiento de Madrid, el incremento retributivo correspondiente al ejercicio 2025 resulta exigible en 2026. En consecuencia, dichas cantidades deberán incluirse en la declaración del IRPF correspondiente al año 2026 y NO EN LA DEL EJERCICIO 2025.

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Actualizado (Jueves, 30 de Abril de 2026 12:38)