Solo el 25% de las mujeres con orden de protección acepta la ayuda del Ayuntamiento

Solamente el 25% de las mujeres que residen en la capital y tienen una orden de protección dictada por los jueces en casos de violencia de género reciben ayuda por parte del Ayuntamiento de Madrid, que está obligado legalmente a proporcionarla. Una cifra tan baja llama la atención, pero sorprende aún más porque son las propias mujeres las que rechazan esta ayuda a pesar de estar en una situación de necesidad en muchos casos. En 2010 solo 595 mujeres (un 26,8%) aceptaron recibir asesoramiento laboral o ayuda psicológica de las 2.223 que tenían derecho a ello.

La Ley contra la Violencia de Género establece en su artículo 19 que todas las mujeres que han sido agredidas por su pareja tienen derecho a servicios sociales de atención, de emergencia, de apoyo y acogida y de recuperación integral, y encarga a las comunidades y a los Ayuntamientos la organización de estos servicios.

Para que se cumpla la ley, los juzgados de Madrid envían a la Comunidad las órdenes de protección. Ésta, a su vez, en virtud de un acuerdo firmado en 2005, deriva al Ayuntamiento las de las mujeres que viven la capital. Lo primero que se hace es intentar contactar con ellas por teléfono para ofrecerles el apoyo necesario en los dos ámbitos que suelen ser más habituales: tratamiento psicológico y asesoramiento laboral, que normalmente se traduce en darles pautas para buscar empleo. También, por supuesto, asesoramiento jurídico.

El Consistorio llama por teléfono a las mujeres para ofrecerles estas ayudas. Si no contacta con ellas, les envía una carta certificada., en algunos casos es imposible dar con ellas, por diversos motivos, como que han cambiado de domicilio o de localidad. Una vez se ponen en contacto con ellas, algunas aceptan la ayuda que les ofrece la Administración local y otras la rechazan. La orden de protección es el instrumento apropiado, pero se debe transmitir a las mujeres que una orden de protección no deja de ser un papel. La principal medida de protección son ellas mismas y los recursos que desplegan las diferentes Administraciones públicas para poder protegerlas.

La Ley contra la Violencia de Género establece claramente el tipo de ayudas que deben prestar las Administraciones: información a las víctimas, atención psicológica, apoyo social, seguimiento de las reclamaciones de los derechos de la mujer, apoyo educativo a la unidad familiar, formación preventiva en los valores de la igualdad y apoyo a la formación e inserción laboral.

Hay que señalar que estas ayudas que ofrecen las Administraciones se producen una vez dictadas las órdenes de protección y son distintas a las que se dan en el momento de la agresión, como plazas de alojamiento en pisos o centros de emergencia y que llevan un trámite distinto.
Establecido -o no- el contacto, el Ayuntamiento hace un seguimiento de todos los casos a los 15 días de la primera llamada, a los tres meses y a los seis meses. Y en estos plazos, asegura, se vuelve a poner en contacto con las mujeres que han rechazado la ayuda municipal por si han cambiado de opinión.

Los datos que aporta el Consistorio no han variado demasiado desde 2005, año en el que se firmó el convenio con la Comunidad: alrededor del 75% de las mujeres rechaza cada año las ayudas que se les ofrece. En cuanto al número de expedientes que recibe con órdenes de protección, han pasado de 1.968 en 2005 a 2.223 en 2010, con un máximo de 2.350 en el año 2008.

El grupo socialista en el Ayuntamiento considera, sin embargo, que no se está haciendo lo suficiente. Para la concejal Ángeles Álvarez, "este es un aspecto que pone en evidencia las lagunas de atención social y apunta espacios de vulnerabilidad". La edil asegura que "el principal problema estriba en que el Ayuntamiento de Madrid no da cumplimiento al seguimiento y valoración a que está obligado por ley de cara a identificar los motivos por los que un número tan importante de mujeres se retracta de recibir apoyo".
Y apunta a las posibles consecuencias de la falta de ayuda en los casos de violencia de género: "Sin recuperación psicológica el problema se enquista, el proceso de recuperación se paraliza y en los casos más graves se deja muy expuestas a personas con dependencias".

"La Administración tiene que tener capacidad para establecer un vínculo con la persona que no quiere la ayuda. Y el Ayuntamiento debe evaluar por qué un número tan importante de mujeres la rechaza", concluye Ángeles Álvarez.

 

Fuente El País.com (13/01/2011).