Novedades Bases Acción Social 2018

En la Junta de Gobierno celebrada el 23 de noviembre de 2017, se han aprobado las bases generales y específicas de las ayudas de acción social 2018, destacamos las novedades más importantes:

BASES GENERALES

• Como características generales de la nueva regulación han de destacarse (entre otras):

1.-La adaptación de todo el texto al lenguaje inclusivo.
2.-La reducción y racionalización de determinados plazos de solicitud de ayudas.
3.- La progresiva incorporación a la Plataforma de Intermediación de Datos que exime al personal municipal y jubilado de presentar determinada documentación que se obtiene por el Servicio de Acción Social, previo consentimiento.
4.- La difusión de la información mediante el envío de correos electrónicos individualizados relativos a la subsanación, concesión o denegación de ayudas
5.- Se han declarado como periodos exentos de publicaciones los correspondientes a Navidad, Semana Santa y del 15 de julio al 31 de agosto.

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BASES ESPECÍFICAS
• La cuantía máxima para 2018 de la ayuda de asistenciales será de 605,30 euros, importe que se aumentará, de oficio, en el porcentaje establecido de incremento general de retribuciones por ley de presupuestos generales del estado para 2018, una vez que se apruebe.
RECORDATORIO: las facturas emitidas entre el 1 de junio y el 31 de diciembre tendrán como fecha límite de presentación hasta el 31 de diciembre de 2018
• Ayuda de transporte se destaca que el domicilio a tener en cuenta será el que conste en la base de datos que a su vez deberá coincidir con el que consta en el padrón. Ayuda de transporte en metálico el pago consistirá en el prorrateo en doce mensualidades de los distintos abonos zonales que tiene aprobados el consorcio regional de transportes.

• Ayudas asistenciales, los listados de subsanación serán objeto de publicación mensual en vez de trimestral como se venía haciendo hasta ahora y, en el caso de las ayudas de vacunas de menores y de productos alimenticios específicos, se exime de consignar en la factura el nombre del beneficiario o de la beneficiaria de la ayuda en caso de que no coincida con el o la solicitante.

• Se incluyen nuevos conceptos como:

-El mantenimiento y reparación de aparatos auditivos,

- La adquisición o el alquiler de colchones antiescaras

- Las prendas de carácter oncológico.

• En las ayuda estudios del personal se incluyen todos los másteres oficiales, y no solo los habilitantes como hasta ahora, y se consideran gastos objeto de ayuda los relativos a matrículas y libros de texto directamente relacionados con los estudios.

• En las ayudas para estudios de hijos e hijas se incluyen los másteres oficiales, los cursos de educación de personas adultas impartidos en centros oficiales o financiados con fondos públicos y la formación profesional básica. En los gastos abonados se incluyen los relativos a las matrículas, libros de texto y material directamente relacionados con los estudios con un importe mínimo de 20 euros.

Adjuntamos cuadro explicativo anual

Actualizado (Viernes, 01 de Diciembre de 2017 10:18)