Modificación sobre petición de reposiciónes de Botoquines y de Material Sanitario

De acuerdo con la Orden Ministerial TAS 2947/2007, las Mutuas de Accidente de Trabajo están autorizadas a suministrar botiquines de primeros auxilios y reposiciones de material sanitario a las empresas mutualistas como parte de la Acción Protectora de la Seguridad Social.

Estos botiquines, según el artículo 2 de la citada Orden Ministerial, se limitarán, en su contenido, al mínimo obligatorio establecido en el Real Decreto 486/1997, esto es: desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables.

Para mayor aclaración adjuntamos la orden referida  y la nueva plantilla de solicitud de botiquín de primeros auxilios o de reposición de material sanitario según necesidades, que podéis dirigir, por fax, al número  915 906 331.