COMISE del Acuerdo Convenio-26 enero 2022

En la última COMISE celebrada se retiraron del orden del día 2 puntos para su valoración por parte de la Corporación, por lo que desde CCOO se volvieron a proponer para su inclusión en la que se ha celebrado este mes de enero.

Estos son los puntos y lo que se ha acordado:

1. Interpretación y aplicación de la letra g) apartado cuarto del art. 15, sobre el permiso por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario. Aclaración si el cómputo del permiso es en días hábiles.

"El permiso se computará desde el día de la intervención salvo que este no sea hábil para el personal afectado en cuyo caso el permiso se iniciará el primer día hábil siguiente y siempre que se mantenga la prescripción de reposo domiciliario, aunque podrá anticiparse su disfrute al día anterior si la intervención quirúrgica se llevara a cabo fuera de la Comunidad de Madrid o en provincia limítrofe que no sea la de su residencia. No se imputarán al permiso los días no hábiles comprendidos entre su fecha de inicio y fin. En cualquier caso, el disfrute del permiso está condicionado a la vigencia de la prescripción médica de reposo domiciliario del familiar durante todo el tiempo en el que se pretenda hacer uso del mismo.

2. Interpretación y aplicación del art. 74.1 "Premio especial por antigüedad". Aclaración sobre si el disfrute del permiso es en condiciones idénticas a las establecidas para el disfrute de vacaciones ordinarias. Interpretación en el ámbito de SAMUR-Protección Civil.

"El disfrute del premio especial por antigüedad previsto en el art 74.1 del Acuerdo convenio sobre condiciones comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos 2019-2022 para el personal que presta sus servicios en el SAMUR-Protección Civil, se realizará fijando las adaptaciones oportunas de las 70 horas (equivalentes a 10 días hábiles) en que se cifra el premio con cargo a las jornadas o guardias que corresponda de acuerdo con los diferentes turnos y horarios en que se presta el Servicio. Hechas las adaptaciones anteriores, el premio se disfrutará en las condiciones previstas para las vacaciones ordinarias".